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66 Términos encontrados con 'C'

Caballero blanco
Empresa a la que recurre una compañía que esté siendo objeto de una OPA hostil, para que la contrarreste presentando otra oferta de adquisición con mejoras sobre la primera (precio más elevado, dirigida a un mayor número de accionistas...). Es decir, la empresa que va a ser adquirida intenta elegir un comprador que por motivos estratégicos o económicos se considere preferible al que ha presentado la OPA hostil. Ver OPA y OPA hostil.
Caballero negro
Persona o entidad que lanza una OPA hostil contra una empresa. Ver OPA y OPA hostil.
Cálculo de días
Convenciones establecidas y aceptadas por los mercados para el cálculo de intereses y rentabilidades en valores de renta fija. Ver base del bono.
Calentamiento del mercado
Incremento del precio de un valor, inducido de forma artificial por alguien que tiene interés en una revalorización rápida. El calentamiento puede realizarse por medio de compras selectivas, o difundiendo falsos rumores.
Calificación de solvencia
Estimación de la solvencia de una compañía, realizada por entidades especializadas. Tal valoración se plasma en el rating, que permite a los inversores evaluar el riesgo de las emisiones y de la propia empresa, generalmente distinguiendo entre las emisiones a corto y a largo plazo. Ver agencia de calificación creditica y Rating.
Capital estatutario inicial
Cifra mínima de capital que, de acuerdo con sus estatutos, debe tener una sociedad de inversión colectiva de capital variable (SICAV). Debe estar íntegramente suscrito y desembolsado en el momento de la constitución de la sociedad, y en ningún caso podrá ser inferior a 2,4 millones de euros. El aumento o disminución del capital estatutario inicial deberá acordarse en junta general de accionistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Sociedades Anónimas.
Capital estatutario máximo
Capital máximo con que puede contar una sociedad de inversión colectiva de capital variable (SICAV). No podrá superar en más de 10 veces el capital inicial. El aumento o disminución del capital estatutario máximo deberá acordarse en junta general de accionistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Sociedades Anónimas.
Capital flotante
Es la parte del capital de una compañía cotizada que se encuentra en manos de pequeños inversores, y que por lo tanto es objeto de libre negociación en Bolsa (es decir, la parte que no controlan los accionistas de referencia, el “núcleo duro” de la sociedad). En principio, las empresas con mayor capital flotante ofrecen a los minoritarios más posibilidades de participar en las decisiones societarias y mayores posibilidades de liquidez.
Capital riesgo
Actividad financiera por la cual se participa, con carácter temporal, en el capital de empresas que se encuentran en fase de creación o desarrollo. La incertidumbre sobre la evolución del negocio hace que se trate de una actividad reservada a inversores profesionales (dispuestos a asumir el riesgo a cambio de importantes plusvalías, en caso de que la evolución de la empresa sea satisfactoria) o entes públicos (que por motivos estratégicos pueden estar interesados en fomentar el desarrollo de un determinado sector industrial). 
Capital social
Fondos propios de una sociedad que proceden de las aportaciones de los accionistas. La participación en el capital social de una empresa otorga a los inversores derechos en el reparto de beneficios, derechos de suscripción preferente en ampliaciones de capital y derechos de asistencia y voto en las juntas generales de accionistas.
Capitalización bursátil
Es el valor que el mercado atribuye a una empresa, expresado como producto del número de acciones emitidas por el precio de cotización de las mismas. La capitalización bursátil de un mercado es la suma de la capitalización de los valores que en él se negocian.
Cartera de valores
Conjunto de activos financieros que posee una persona física o jurídica (acciones, bonos, fondos de inversión...). Su composición dependerá del perfil de riesgo del inversor y de sus preferencias por determinados mercados, sectores, etc. En general, la diversificación entre productos y sectores puede contribuir a controlar el riesgo asumido.
Cartera indexada
Cartera de valores en cuya composición se ajusta el peso de los distintos activos financieros, con el objetivo de que reproduzca el comportamiento de un índice de referencia (benchmark). Ver Benchmark.
Cartera óptima
Es la combinación de valores que maximiza el rendimiento, para un nivel de riesgo determinado.
Cash-flow
Ver flujo de caja.
Cash-flow por acción
Ratio que relaciona los fondos generados por la empresa con el número de acciones. Los fondos generados suelen definirse como el beneficio neto más las amortizaciones. Ver ratio bursátil.
Cédulas hipotecarias
Valores de renta fija emitidos por entidades de crédito (bancos y cajas) o sociedades de crédito hipotecario, garantizados de forma global por la cartera de préstamos hipotecarios de la entidad emisora. El volumen de cédulas emitido no puede superar el 90% de los capitales no amortizados de todos los créditos hipotecarios de la entidad aptos para servir de cobertura.
Certificado de participación
En el ámbito de la inversión colectiva, es el documento nominativo que acredita el derecho de propiedad de un partícipe sobre un fondo de inversión concreto. Entre sus contenidos debe incluirse la identificación del fondo, de la gestora y del depositario, así como el número de participaciones y el valor liquidativo en la fecha de emisión del certificado.
Cesta de fondos
Conjunto de fondos de inversión adquiridos por un mismo partícipe. Su composición depende del perfil de riesgo del inversor, y en general persiguen la diversificación para un mejor control de los riesgos. A menudo las cestas de fondos se utilizan como subyacente o referencia, asociadas a otras inversiones (seguros de vida o unit linked, fondos garantizados, etc.).
CFI, Classification of Financial Instruments Código de clasificación de instrumentos financieros
El código CFI está compuesto por seis caracteres alfabéticos y permite diferenciar valores e instrumentos financieros atendiendo a sus principales características. Está pensado para que los procesos informáticos tengan la posibilidad de clasificar valores e instrumentos financieros de forma automática. En España, los códigos CFI son asignados por la Agencia Nacional de Codificación de Valores, dependiente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Ciclo económico
Variación a largo plazo de la actividad económica de un país, medida a través de sus índices macroeconómicos. El ciclo se denomina expansivo en las fases de crecimiento económico y recesivo en los periodos de contracción de la actividad y caída de la producción y el empleo.
Clases de participaciones
Conjunto de participaciones de un fondo de inversión a las que se aplican las mismas comisiones; dentro de un mismo fondo pueden existir distintas clases de participaciones.
Cláusula anti dilución
Puede introducirse en emisiones de obligaciones y bonos convertibles. Su objetivo es compensar a los titulares de las acciones actualmente en circulación, por la pérdida de valor que experimentarán éstas como consecuencia de la ampliación de capital necesaria para poder atender la conversión. Ver dilución.
Cliente minorista
Es el que no invierte de manera profesional, por lo que se le presupone menor conocimiento de los mercados financieros. La mayor parte de los inversores se encuadran en esta categoría, a la que se otorga un nivel de protección superior al del cliente profesional. Bajo determinadas circunstancias y cumpliendo una serie de requisitos, un cliente minorista puede solicitar que se le considere profesional.
Cliente profesional
Cliente financiero que, por sus conocimientos y experiencia, está sujeto a menos restricciones y a la vez recibe un menor grado de protección en el ámbito de los mercados financieros. Son clientes profesionales los bancos, gobiernos, fondos de pensiones, grandes compañías y, de manera excepcional, algunos inversores particulares.
Club de inversión
Grupo de personas que ponen en común un capital (de forma periódica o con carácter de aportación inicial), con el fin de realizar inversiones conjuntas en los mercados de valores, especialmente en las Bolsas. Surgen como una herramienta de aprendizaje, para que sus miembros puedan familiarizarse con los distintos aspectos de la operativa bursátil (de hecho, la mayoría aparecen en el ámbito universitario). No debe confundirse con la inversión colectiva, y se trata de una actividad que no está regulada en la normativa del mercado de valores.
Código de Buen Gobierno
Conjunto de recomendaciones sobre los principios y normas que deben inspirar el funcionamiento de las sociedades anónimas. Tras los Informes Olivencia (1998) y Aldama (2003), en 2006 se ha difundido el Código Unificado de Buen Gobierno (código Conthe). La aplicación de las recomendaciones que contiene es voluntaria para las entidades, pero en caso de no asumirlas deberán explicar el motivo (“cumplir o explicar”). Ver las secciones sobre Organismos societarios de toma de decisiones y Código de Buen Gobierno.
Coeficiente beta
Compara la variabilidad del precio de un título en relación con la del mercado. Es el coeficiente de una recta de regresión entre la rentabilidad del título y la del mercado. Si vale 1, ambas rentabilidades se modifican de la misma manera. Si es inferior a 1, significa que las variaciones de precio son menores en el valor que en el mercado; y si es superior, indica que el precio del valor varia más deprisa que el mercado.
Colocación
En el ámbito de una oferta pública de valores, es el servicio que presta una entidad (colocadora) al emisor u oferente, por el que se compromete a distribuir los valores entre el público a cambio del cobro de una comisión. En ocasiones, la entidad colocadora también asegura la colocación. Ver colocación asegurada.
Colocación asegurada
Es aquella en la que una entidad se compromete con el emisor u oferente a adquirir los títulos que no sea capaz de colocar en el mercado. Ver colocación y aseguramiento de una emisión.
Colocación privada
Se da cuando la emisión se adjudica a un inversor o grupo de inversores sin que se realice oferta pública (por lo que los requisitos legales que deben satisfacerse en la colocación son menos estrictos de lo habitual). Este procedimiento supone un notable ahorro de costes para el emisor.
Colocación restringida
Las condiciones de la emisión se establecen más o menos a la medida de un grupo definido de inversores, que van a ser los compradores exclusivos de la misma.
Comisión de depósito o custodia
Es la que cobran los depositarios al fondo de inversión por la administración y custodia de los valores que componen la cartera. Se devenga diariamente y es implícita; es decir, ya está deducida del valor liquidativo al que el partícipe suscribe o reembolsa participaciones. Esta comisión no puede superar el 2 por mil anual del patrimonio.
Comisión de gestión
Es la que cobra la sociedad gestora al fondo de inversión como remuneración por sus servicios. Se devenga diariamente y es implícita; es decir, ya está deducida del valor liquidativo al que el partícipe suscribe o reembolsa participaciones. Puede establecerse en función del patrimonio, de los rendimientos o de ambas variables (debe consultarse en el folleto la posibilidad de que se apliquen distintas comisiones en función de la permanencia u otros parámetros). Los límites máximos son: el 2,25% si se calcula sobre el patrimonio, el 18% si depende de los resultados, y en caso de que se empleen ambas magnitudes, no podrá exceder el 1,35% del patrimonio y el 9% de los resultados.
Comisión de Inversiones
Comisión creada en el seno del Consejo de Administración, obligatoria en las cajas de ahorros. Tiene la función de proponer e informar al Consejo sobre las inversiones y desinversiones de carácter estratégico y estable que efectúe la entidad, sobre su viabilidad financiera y su adecuación a los presupuestos y planes fundacionales de la entidad.
Comisión de reembolso
Es la que cobra la gestora individualmente a cada partícipe en el momento en que se deshace la inversión en el fondo, tanto por reembolso como por traspaso, por lo que es una comisión explícita. Se calcula como porcentaje del capital reembolsado. No puede superar el 5% del valor liquidativo de las participaciones reembolsadas. Debe consultarse en el folleto la posibilidad de que se apliquen distintas comisiones en función de la permanencia u otros parámetros. En los fondos garantizados suelen cargarse elevadas comisiones para los reembolsos que no se realizan en la fecha de vencimiento de la garantía.
Comisión de suscripción
Es la que cobra la gestora individualmente a cada partícipe en el momento de invertir en el fondo, por lo que es una comisión explícita. Se calcula como porcentaje del capital invertido. No puede superar el 5% del valor liquidativo de las participaciones suscritas. Debe consultarse en el folleto la posibilidad de que se apliquen distintas comisiones en función de la fecha de suscripción u otros parámetros.
Comisión Nacional del Mercado de Valores, CNMV
Organismo público dependiente del Ministerio de Economía, al que corresponde la supervisión e inspección de los mercados de valores y de la actividad de las personas físicas y jurídicas que se relacionan en el tráfico de los mismos. La ley atribuye a la CNMV la función de velar por la transparencia de los mercados, la correcta formación de precios y la protección de los inversores.
Comisión sobre patrimonio
Es la parte de la comisión de gestión que se calcula como porcentaje sobre el patrimonio del fondo de inversión. Puede alcanzar hasta el 2,25% del patrimonio.
Comisión sobre resultados
Tipo de comisión de gestión que se calcula sobre los rendimientos obtenidos por un fondo aplicando un porcentaje que puede llegar hasta el 18% del rendimiento del fondo.
Comité de auditoria
Comisión creada en el seno del Consejo de Administración, obligatoria en las sociedades con valores cotizados. Entre sus funciones y competencias se encuentran la propuesta de nombramiento de auditores externos, la supervisión de la auditoría interna y el conocimiento de los sistemas de control interno y del proceso de información financiera. En cuanto a su composición, deberá tener mayoría de consejeros no ejecutivos. El número de integrantes, las competencias y las normas de funcionamiento del Comité de Auditoría se encuentran fijados en los estatutos de la sociedad. Ver consejo de administraciónconsejero dominical, consejero ejecutivo y consejero independiente.
Con prima de emisión
Ampliación de capital en la que el precio de las nuevas acciones es superior a su valor nominal; la diferencia es la prima de emisión. El objetivo de esta prima es compensar a los antiguos accionistas haciendo que los nuevos “paguen” por las plusvalías generadas antes de su entrada en la sociedad.
Concurso de acreedores
Procedimiento para resolver las situaciones de insolvencia, actual o inminente, de una sociedad o de una persona física; es decir, aquellos casos en los que no es capaz de cumplir con sus obligaciones exigibles. El objetivo es satisfacer a los acreedores sin llegar a la total liquidación del patrimonio. La declaración de concurso pueden solicitarla tanto el deudor como cualquiera de sus acreedores.
Conflicto de interés
Situación que se da cuando una entidad intermediaria, un emisor o cualquier otro agente profesional de los mercados de valores tiene en una determinada operación unas expectativas que pueden ser contrapuestas a las del inversor particular (cliente, accionista...). Por ejemplo, puede darse conflicto de interés cuando la entidad que coloca entre el público una oferta de valores actúa también como aseguradora, ya que si la oferta no tiene éxito deberá asumir los valores no colocados; en este caso podría suceder que se diese prioridad a la labor comercializadora de la entidad frente al leal asesoramiento del cliente. La Directiva de Mercados de Instrumentos Financieros exige que las entidades informen en cada caso sobre los posibles conflictos de interés y las políticas que tienen establecidas para su manejo.
Consejero dominical
Es el que forma parte del Consejo de Administración por su condición de accionista de la sociedad, o bien por detentar una participación superior al 5% del capital. Pueden formar parte del consejo de forma directa o a través de un representante.
Consejero ejecutivo
Miembro del Consejo de Administración que, además de sus funciones como consejero, interviene en la actividad diaria de la compañía desempeñando tareas de alta dirección, o bien es empleado de la sociedad o de su grupo.
Consejero externo
Miembro del Consejo de Administración que no interviene en la actividad diaria de la sociedad; puede ser dominical o independiente. Ver consejero dominical y consejero independiente.
Consejero independiente
Miembro del Consejo de Administración que debe desempeñar sus funciones sin verse condicionado por relación alguna con el equipo gestor ni con los accionistas de control de la sociedad. Se elige en atención a sus circunstancias personales y profesionales. La misión fundamental de los consejeros independientes es defender los intereses de todos los accionistas, y en particular de los minoritarios que no tienen acceso a un puesto en el Consejo; esto es especialmente relevante en situaciones de conflicto potencial (operaciones vinculadas, OPA, fusiones...).
Consejo de Administración
Órgano de gobierno de una sociedad, compuesto por una serie de miembros (los administradores), nombrados por la Junta General de Accionistas. Le corresponde la gestión, administración y representación de la sociedad. En las sociedades cotizadas el Consejo debe dotarse de un conjunto de normas que determinan sus principios de actuación (Reglamento del Consejo). Otras cuestiones relativas a la composición y funcionamiento del Consejo de Administración se describen con más detalle en las secciones sobre Organismos societarios de toma de decisiones y Código de Buen Gobierno.
Contratos de compra/venta de opciones
Son contratos no negociados en mercados secundarios organizados, por los que una entidad de crédito recibe de sus clientes dinero, valores, o ambas cosas, asumiendo una obligación de reembolso (en dinero o en valores) cuya cuantía dependerá de la evolución de determinados valores o índices bursátiles, sin compromiso de reembolso íntegro del principal recibido. Su riesgo está directamente relacionado con el del valor o instrumento de referencia.
Contratos por diferencias (CFD, Contracts for Difference)
Contratos en los que un inversor y una entidad financiera acuerdan intercambiarse la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta de un determinado activo subyacente (valores negociables, índices, divisas…). En esta operativa no es necesario desembolsar la totalidad del capital que se necesitaría para comprar o vender directamente el activo subyacente, por lo que la inversión presentará un determinado nivel de apalancamiento (que dependerá del importe que los inversores deban depositar en concepto de garantía para cada operación).Además, suele decirse que los CFD no tienen vencimiento, ya que si bien se liquidan cada día, el inversor tiene la posibilidad de prorrogar la posición abierta los días que desee. En caso de que se opte por esta posibilidad, es habitual que la entidad exija el pago de unos intereses por las posiciones compradas (en concepto de financiación) y cabe la posibilidad de que retribuya las posiciones vendidas (generalmente a un tipo de interés menor). Por otro lado los CFD reflejan en su precio todas aquellas operaciones financieras o de reconocimiento de derechos económicos que afectan al subyacente.Al tratarse de productos no estandarizados, el inversor debe considerar las posibles particularidades y riesgos específicos que pudieran presentar en cada caso (negociación de forma bilateral, cotización fuera de mercados regulados, riesgo de contraparte, etc.).
Contratos tipo
Son los modelos de contrato que han de utilizar las empresas que prestan servicios de inversión para formalizar las relaciones con sus clientes, en determinadas operaciones que por su carácter habitual alcanzan una difusión masiva.
Corretaje
Comisión que cobran los intermediarios financieros por su intervención en la operativa de los mercados de valores, particularmente en Bolsa. Constituyen el coste de intermediación.
Coste de oportunidad
Cualquier inversión lleva asociado un coste de oportunidad, que consiste en la rentabilidad que se hubiese obtenido de haber elegido la mejor alternativa posible.
Cotización de cierre
Último precio al que se negocia un activo en el mercado antes de que finalice la sesión de negociación. Implica un acuerdo entre comprador y vendedor para efectuar la transacción de un volumen determinado a ese precio. Sirve como referencia para el inicio de la subasta de apertura en la siguiente sesión.
Cotización excupón
Cotización de un valor en la que no se tiene en cuenta la parte del cupón devengada y no cobrada hasta esa fecha. Ver cotización por cupón corrido.
Cotización por cupón corrido
Es la cotización en la que se incluye la parte del cupón devengada y no cobrada (cupón corrido). Es decir, significa que en el precio ya se tiene en cuenta el derecho del vendedor a resarcirse por la parte de los intereses que no cobrará en la fecha de vencimiento del cupón, puesto que éste será íntegramente percibido por el comprador.
Creador de mercado
Miembro de un mercado que asume el compromiso de aportar liquidez a un determinado valor o clase de valores, introduciendo órdenes de compra y venta, que sirven de contrapartida a las existentes.
Criterios ASG
- A (Ambientales): Son criterios que o bien consideran actividades que contribuyen de forma positiva al medio ambiente - por ejemplo, tecnologías de depuración de aguas o energías renovables - o bien recogen prácticas de gestión medioambiental que reducen o mitigan las externalidades negativas en el medio ambiente de una entidad - por ejemplo, sistema de control interno de uso energético o reducción de emisiones de carbono -.
- S (Sociales): Son criterios que analizan las prácticas empresariales referentes a aquellos aspectos de la gestión empresarial que impactan en los trabajadores y en otras partes interesadas (stakeholders), incluidos los consumidores y las comunidades en las que opera o están afectadas por sus operaciones. Los criterios sociales abarcan desde los derechos laborales y humanos en la gestión, tanto de sus propios recursos humanos como en su cadena de aprovisionamiento, hasta la responsabilidad de las empresas en la calidad y la publicidad de sus productos y servicios. Los criterios sociales buscan entre otros objetivos, reducir la discriminación y la desigualdad a través de buenas prácticas empresariales y la inclusión de los colectivos más desfavorecidos en su toma de decisiones y sus deberes de diligencia debida. 
- G (Buen Gobierno): Se refieren a cuestiones de gobierno corporativo de la empresa y a su cultura corporativa; ejemplos de factores o elementos de buen gobierno son la rendición de cuentas, la independencia y composición de los órganos de gobierno, la remuneración de sus directivos, la brecha salarial entre hombres y mujeres, las prácticas de lobbying, la lucha contra la corrupción o la transparencia y responsabilidad fiscal. 
Cuenta de resultados / de pérdidas y ganancias
Informe contable que refleja la evolución de la actividad de una empresa, indicando los ingresos registrados y los gastos en que se ha incurrido a lo largo de un periodo determinado. El saldo final resultante son los beneficios o pérdidas obtenidos por la empresa.
Cuenta de valores
Conjunto de anotaciones contables en las que el intermediario refleja todas las operaciones y saldos de la cartera de valores de un inversor (entradas y salidas de valores y efectivo, pago de comisiones y gastos, etc.).
Cupón
Es el interés nominal que tienen derecho a percibir los titulares de un valor de renta fija; suele pagarse con carácter trimestral, semestral o, más frecuentemente, anual. Puede ser fijo (establecido para toda la vida de la emisión) o variable (ligado a la evolución de tipos de interés, índices bursátiles, etc).
Cupón corrido
Es la parte del cupón de una obligación o bono que se ha devengado desde la fecha en que se pagó el último cupón, o desde la fecha de emisión (si aún no se ha cobrado ninguno). En general, el cálculo se realiza multiplicando el tipo de interés nominal por el período de tiempo transcurrido desde que comenzó a devengarse.
Curva cupón cero
Curva que relaciona los tipos de interés de contado con sus plazos de vencimiento; indica la rentabilidad que el mercado estaría exigiendo en cada plazo, para un activo libre de riesgo. Se elabora a partir de instrumentos sin riesgo de crédito (deuda pública) emitidos al descuento o con cupón cero, de modo que la duración del agregado coincide con cada uno de los plazos (por tanto, no existe riesgo de precio ni de reinversión). Ver riesgo de inversión.
Curva de rendimientos
Gráfico que muestra la Tasa Interna de Retorno (TIR) de bonos similares, para distintas fechas de vencimiento. Tiene el inconveniente de que no considera el riesgo de reinversión, y asume que todos los flujos de un bono se reinvertirían a la misma TIR. La pendiente suele ser positiva: lo normal es que las emisiones a corto plazo ofrezcan rendimientos inferiores a las de plazo superior, aunque no siempre es así. Ver riesgo de reinversión.
Custodia de valores
Servicio de inversión que consiste en el mantenimiento de una cuenta de valores. A cambio de una comisión, el intermediario que presta este servicio ha de tener al día las posiciones del cliente, facilitarle el ejercicio de los derechos derivados de la tenencia de la cartera, etc. Cada entidad calcula esta comisión sobre la base que elija: el nominal de los valores custodiados, el efectivo, o cobrando un mínimo por cada valor o mercado.