Real Decreto 814/2023, de 8 de noviembre, sobre instrumentos financieros, admisión a negociación, registro de valores negociables e infraestructuras de mercado. (Este Real Decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE. El artículo 111 entrará en vigor el día siguiente de la publicación de este Real Decreto en el BOE)

CIRCULAR 8/2008 , de 10 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se aprueban los modelos a los que deberán ajustarse los anuncios y las solicitudes de autorización de las ofertas públicas de adquisición de valores.

Real Decreto 1066/2007 , de 27 de julio, sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores.