Entidades de contrapartida central y registros de operaciones

  • Reglamento Delegado (UE) 2024/818 de la Comisión de 28 de noviembre de 2023 por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) n.o 153/2013 en lo que respecta a la prórroga de las medidas temporales de emergencia relativas a los requisitos de garantías reales de las ECC.
  • Reglamento Delegado (UE) 2024/363 de la Comisión, de 11 de octubre de 2023, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2015/2205 en lo que respecta a la transición a los índices TONA y SOFR utilizados como referencia en determinados contratos de derivados extrabursátiles.
  • Reglamento Delegado (UE) 2023/1626 de la Comisión de 19 de abril de 2023 por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2018/1229 en lo que respecta al mecanismo de sanción por fallos en la liquidación de operaciones compensadas presentadas para liquidación por las ECC.
  • Reglamento Delegado (UE) 2023/451 de la Comisión de 25 de noviembre de 2022 por el que se especifican los factores que han de ser tenidos en consideración por la autoridad competente y el colegio de supervisores al evaluar el plan de recuperación de las entidades de contrapartida central.
  • Reglamento Delegado (UE) 2023/450 de la Comisión de 25 de noviembre de 2022 por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/23 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación por las que se especifica el orden en que las ECC deben pagar la indemnización a que se refiere el artículo 20, apartado 1, del Reglamento (UE) 2021/23, el número máximo de años durante el cual las ECC deben usar una proporción de sus beneficios anuales para efectuar esos pagos a los poseedores de instrumentos que reconozcan un crédito sobre sus beneficios futuros y la proporción máxima de dichos beneficios que debe usarse para efectuar esos pagos.
  • Reglamento Delegado (UE) 2021/1456 de la Comisión de 2 de junio de 2021 por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante la especificación de los supuestos en los que las condiciones comerciales para los servicios de compensación de derivados extrabursátiles deben considerarse equitativas, razonables, no discriminatorias y transparentes.
  • Reglamento Delegado (UE) 2021/237 de la Comisión de 21 de diciembre de 2020 que modifica las normas técnicas de regulación establecidas en los Reglamentos Delegados (UE) 2015/2205, (UE) 2016/592 y (UE) 2016/1178 en lo relativo a la fecha en que surte efecto la obligación de compensación para determinados tipos de contratos.
  • Reglamento Delegado (UE) 2021/236 de la Comisión de 21 de diciembre de 2020 por el que se modifican las normas técnicas establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2016/2251 en lo que respecta al calendario para el inicio de la aplicación de determinados procedimientos de gestión del riesgo a efectos del intercambio de garantías reales.
  • Reglamento Delegado (UE) 2020/2145 de la Comisión de 1 de septiembre de 2020 que modifica el Reglamento Delegado (UE) n.o 876/2013, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a las modificaciones en la composición, el funcionamiento y la gestión de los colegios de las entidades de contrapartida central.
  • Reglamento Delegado (UE) 2020/1304 de la Comisión de 14 de julio de 2020 que completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a los elementos mínimos que debe valorar la AEVM al evaluar las solicitudes de equiparabilidad del cumplimiento de las ECC de terceros países, así como las modalidades y condiciones de dicha evaluación.
  • Reglamento Delegado (UE) 2020/1303 de la Comisión de 14 de julio de 2020 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con los criterios que la AEVM debe tener en cuenta para determinar si una entidad de contrapartida central establecida en un tercer país tiene o puede adquirir importancia sistémica para la estabilidad financiera de la Unión o de uno o varios de sus Estados miembros.
  • Reglamento Delegado (UE) 2020/1302 de la Comisión de 14 de julio de 2020 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con las tasas que deben pagar las entidades de contrapartida central establecidas en terceros países a la Autoridad Europea de Valores y Mercados.
  • Reglamento Delegado (UE) 2019/667 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2015/2205, el Reglamento Delegado (UE) 2016/592 y el Reglamento Delegado (UE) 2016/1178 a fin de ampliar el aplazamiento de las fechas de aplicación de la obligación de compensación en determinados contratos de derivados extrabursátiles.
  • Reglamento Delegado (UE) 2019/667 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2015/2205, el Reglamento Delegado (UE) 2016/592 y el Reglamento Delegado (UE) 2016/1178 a fin de ampliar el aplazamiento de las fechas de aplicación de la obligación de compensación en determinados contratos de derivados extrabursátiles.
  • Reglamento Delegado (UE) 2019/397 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2016/2251, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta a la fecha hasta la cual las contrapartes podrán seguir aplicando sus procedimientos de gestión del riesgo a ciertos contratos de derivados extrabursátiles no compensados por una entidad de contrapartida central.
  • Reglamento Delegado (UE) 2019/396 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2015/2205, el Reglamento Delegado (UE) 2016/592 y el Reglamento Delegado (UE) 2016/1178, por los que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la fecha en que surte efecto la obligación de compensación para determinados tipos de contrato.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1889 de la Comisión, de 4 de diciembre de 2018, relativo a la prórroga de los períodos transitorios relacionados con los requisitos de fondos propios por las exposiciones frente a entidades de contrapartida central indicadas en los Reglamentos (UE) nº 575/2013 y (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo.
  • Reglamento Delegado (UE) 2018/1229 de la Comisión de 25 de mayo de 2018 por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la disciplina de liquidación.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2018/815 de la Comisión, de 1 de junio de 2018, relativo a la prórroga de los períodos transitorios relacionados con los requisitos de fondos propios por las exposiciones frente a entidades de contrapartida central indicadas en los Reglamentos (UE) nº 575/2013 y (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo.

  • Reglamento Delegado (UE) 2018/728 de la Comisión, de 24 de enero de 2018, por el que se completa el Reglamento (UE) n° 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación relativas a los procedimientos para excluir de los requisitos de fondos propios por riesgo de ajuste de valoración del crédito las operaciones con las contrapartes no financieras establecidas en un tercer país.

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2017/2241 de la Comisión de 6 de diciembre de 2017 relativo a la prórroga de los períodos transitorios relacionados con los requisitos de fondos propios por las exposiciones frente a entidades de contrapartida central indicadas en los Reglamentos (UE) n.o 575/2013 y (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo.

  • Reglamento Delegado (UE) 2017/2154 de la Comisión de 22 septiembre de 2017 por el que se completa el Reglamento (UE) 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a los acuerdos de compensación indirecta.

  • Decisión de Ejecución (UE) 2017/1857 de la Comisión de 13 de octubre de 2017 relativa al reconocimiento de las disposiciones jurídicas, de supervisión y de ejecución de los Estados Unidos de América aplicables a las operaciones de derivados supervisadas por la Commodity Futures Trading Commission como equivalentes a una serie de requisitos establecidos en el artículo 11 del Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones.
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/1800 de la Comisión de 29 de junio de 2017 que modifica el Reglamento Delegado (UE) nº. 151/2013 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2012, por el que se completa el Reglamento (UE) nº. 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo.
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/979 de la Comisión de 2 de marzo de 2017 por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones en lo que respecta a la lista de entidades exentas.
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/751 de la Comisión de 16 de marzo de 2017 por el que se modifican los Reglamentos Delegados (UE) 2015/2205, (UE) 2016/592 y (UE) 2016/1178 en lo que respecta al plazo para el cumplimiento de las obligaciones de compensación de determinadas contrapartes que negocian con derivados extrabursátiles.
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/584 de la Comisión, de 14 de julio de 2016, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación que especifican los requisitos organizativos de los centros de negociación.
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/582 de la Comisión, de 29 de junio de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las normas técnicas de regulación que establecen la obligación de compensación para los instrumentos derivados negociados en mercados regulados y el plazo de aceptación de la compensación.
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/581 de la Comisión, de 24 de junio de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación sobre el acceso a la compensación en los centros de negociación y las entidades de contrapartida central.
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/575 de la Comisión, de 8 de junio de 2016, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los mercados de instrumentos financieros en lo que atañe a las normas técnicas de regulación aplicables a los datos que deben publicar los centros de ejecución sobre la calidad de ejecución de las operaciones. (Corrección de errores. DOUE 18/10/2017)
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/572 de la Comisión, de 2 de junio de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la especificación de la oferta de datos pre-negociación y post-negociación y al nivel de desagregación de los datos. (Corrección de errores. DOUE 13/07/2017).
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2017/394 de la Comisión de 11 de noviembre de 2016 por el que se establecen normas técnicas de ejecución con respecto a los modelos de formularios, plantillas y procedimientos para la autorización, revisión y evaluación de los depositarios centrales de valores, la cooperación entre las autoridades del Estado miembro de origen y del Estado miembro de acogida, la consulta de las autoridades que intervienen en la autorización para prestar servicios auxiliares de tipo bancario y el acceso de los depositarios centrales de valores, así como con respecto al formato de los registros que deben conservar los depositarios centrales de valores de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2017/393 de la Comisión de 11 de noviembre de 2016 por el que se establecen normas técnicas de ejecución en lo que respecta a las plantillas y los procedimientos para la notificación y transmisión de información sobre las liquidaciones internalizadas de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo.
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/392 de la Comisión de 11 de noviembre de 2016 por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a los requisitos operativos, de autorización y de supervisión aplicables a los depositarios centrales de valores.
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/391 de la Comisión de 11 de noviembre de 2016 que completa el Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación por las que se especifica con mayor precisión el contenido de la información que debe comunicarse sobre las liquidaciones internalizadas.
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/390 de la Comisión de 11 de noviembre de 2016 por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a determinados requisitos prudenciales aplicables a los depositarios centrales de valores y a las entidades de crédito designadas que ofrecen servicios auxiliares de tipo bancario.
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/389 de la Comisión de 11 de noviembre de 2016 por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los parámetros de cálculo de las sanciones pecuniarias por fallos en la liquidación y las operaciones de los DCV en Estados miembros de acogida.
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/323 DE LA COMISIÓN de 20 de enero de 2017 que rectifica el Reglamento Delegado (UE) 2016/2251, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones, en lo que atañe a las normas técnicas de regulación sobre las técnicas de reducción del riesgo aplicables a los contratos de derivados extrabursátiles no compensados por una entidad de contrapartida central.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2017/105 DE LA COMISIÓN de 19 de octubre de 2016 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1247/2012 por el que se establecen normas técnicas de ejecución relativas al formato y la frecuencia de las notificaciones de operaciones a los registros de operaciones, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones. (Corrección de errores 25/01/2017).
  • Reglamento Delegado (UE) 2017/104 DE LA COMISIÓN de 19 de octubre de 2016 por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) n.o 148/2013 por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones, en lo que respecta a las normas técnicas de regulación sobre los elementos mínimos de los datos que deben notificarse a los registros de operaciones.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2227 DE LA COMISIÓN de 9 de diciembre de 2016 relativo a la prórroga de los períodos transitorios relacionados con los requisitos de fondos propios por las exposiciones frente a entidades de contrapartida central indicadas en los Reglamentos (UE) n.o 575/2013 y (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo
  • Reglamento Delegado(UE) 2016/2251 DE LA COMISIÓN de 4 de octubre de 2016 por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones, en lo que atañe a las normas técnicas de regulación sobre las técnicas de reducción del riesgo aplicables a los contratos de derivados extrabursátiles no compensados por una entidad de contrapartida central.
  • Reglamento Delegado (UE) 2016/1178 de la Comisión, de 10 de junio de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la obligación de compensación.
  • Reglamento de ejecución (UE) 2016/892 de la Comisión, de 7 de junio de 2016, relativo a la prórroga de los períodos transitorios relacionados con los requisitos de fondos propios por las exposiciones frente a entidades de contrapartida central indicadas en el Reglamento (UE) nº 575/2013 y el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo.
  • Reglamento Delegado (UE 2016/2021 de la Comisión, de 2 de junio de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los mercados de instrumentos financieros, en lo que respecta a las normas técnicas de regulación sobre el acceso a índices de referencia.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2016/824 de la Comisión, de 25 de mayo de 2016, por le que se establecen normas técnicas de ejecución en lo que respecta al contenido y el formato de la descripción del funcionamiento de los sistemas multilaterales de negociación, los sistemas organizados de contratación y la notificación a la Autoridad Europea de Valores y Mercados, de conformidad con la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los mercados de instrumentos financieros.
  • Reglamento Delegado (UE) 2016/1401  de la Comisión, de 23 de mayo de 2016, por el que se completa la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establece un marco para la reestructuración y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a los métodos y los principios de valoración de los pasivos surgidos de derivados.
  • Reglamento Delegado (UE) 2016/822 de la Comisión, de 21 de abril de 2016, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 153/2016 en lo que respecta a los horizontes temporales a efectos del período de liquidación a considerar para las diferentes categorías de instrumentos financieros.
  • Reglamento Delegado (UE) 2016/592, de la Comisión de 1 de marzo de 2016, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la obligación de compensación. (Entrada en vigor el 09/05/2016).

  • Reglamento Delegado (UE) 2015/2205 de la Comisión de 6 de agosto de 2015 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la obligación de compensación.

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2015/880 de la Comisión, de 4 de junio de 2015 , relativo a la prórroga de los períodos transitorios relacionados con los requisitos de fondos propios por las exposiciones frente a entidades de contrapartida central indicadas en los Reglamentos (UE) nº575/2013 y (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo. (Corrección de errores).
  • Reglamento delegado (UE) nº 667/2014 de la Comisión, de 13 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas de procedimiento relativas a las sanciones impuestas a los registros de operaciones por la Autoridad Europea de Valores y Mercados, incluidas las normas relativas al derecho de defensa y las disposiciones temporales.

  • Reglamento Delegado (UE) nº 285/2014 de la Comisión, de 13 de febrero de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las normas técnicas de regulación relativas al efecto directo, importante y predecible de los contratos dentro de la Unión y a la prevención de la elusión de normas y obligaciones.
  • Reglamento Delegado (UE) 153/2013 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2012, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere a las normas técnicas de regulación relativas a los requisitos que deben cumplir las entidades de contrapartida central.
  • Reglamento Delegado (UE) nº 1003/2013 de la Comisión , de 12 de julio de 2013, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en relación con las tasas que deben pagar los registros de operaciones a la Autoridad Europea de Valores y Mercados. " El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea ".

  • Reglamento Delegado (UE) nº 1002/2013 de la Comisión , de 12 de julio de 2013, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones en lo que respecta a la lista de entidades exentas. " El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de se publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea ".

  • Reglamento delegado (UE) 876/2013 de la Comisión de 28 de mayo de 2013 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere a las normas técnicas de regulación relativas a los colegios de entidades de contrapartida central.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 1247/2012 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2012, por el que se establecen normas técnicas de ejecución relativas al formato y la frecuencia de las notificaciones de operaciones a los registros de operaciones, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones. Este Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 1248/2012 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2012, por el que se establecen normas técnicas de ejecución relativas al formato de las solicitudes de inscripción de los registros de operaciones, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones. Este Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
  • Reglamento de Ejecución (UE) nº 1249/2012 de la Comisión , de 19 de diciembre de 2012, por el que se establecen normas técnicas de ejecución relativas al formato de la información que deben conservar las entidades de contrapartida central, de conformidad con el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones. Este Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
  • Reglamento Delegado (UE) nº 148/2013 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2012, por le que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones, en lo que respecta a las normas técnicas de regulación sobre los elementos mínimos de los datos que deben notificarse a los registros de operaciones.

    Este Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea publica el 23/02/2013.

  • Reglamento Delegado (UE) nº 149/2013 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2012, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a las normas técnicas de regulación relativas a los acuerdos de compensación indirecta, la obligación de compensación, el registro público, el acceso a la plataforma de negociación, las contrapartes no financieras y las técnicas de reducción del riesgo aplicables a los contratos de derivados extrabursátiles no compensados por una entidad de contrapartida central.

    Este Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su pulbicación el Diario Oficial de la Unión Europea publicado el 23/02/2013. Los artículos 13, 14 y 15 se aplicarán seis meses después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.  

  • Reglamento Delegado (UE) nº 150/2013 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2012, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones, en lo que atañe a las normas técnicas de regulación que especifican los pormenores de la solicitud de isncripción como registro de operaciones.

    Este Reglamento enrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea publicado el 23/02/2013.

  • Reglamento Delegado (UE) nº 151/2013 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2012, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones, en lo que respecta a las normas técnicas de regulación que especifican los datos que los registros de operaciones habrán de publicar y mantener disponibles y las normas operativas para la agregación y comparación de los datos y el acceso a los mismos.

    Este Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oicial de la Unión Europea publicado el 23/02/2013.

  • Reglamento Delegado (UE) nº 152/2013 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2012, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a las normas técnicas de regulación relativas a los requisitos de capital de las entidades de contrapartida central.

    Este Reglamento entraré en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación el Diario Oficial de la Unión Europea publicado el 23/02/2012

  • Reglamento Delegado (UE) nº 153/2013 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2012, por el que se completa el Reglamento (UE) nº 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere a las normas técnicas de regulación relativas a los requisitos que deben cumplir las entidades de contrapartida central. (Corrección de errores. DOUE 11/07/2019).

    Este Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea publicado el 23/02/2013. La sección 2, letra h) del anexo I será aplicable una vez transcurridos tres años desde la entrada en vigor del presente Reglamento respecto de las operaciones con los derivados a que se refiere el artículo 2, apartado 4, letras b) y d), del Reglamento (UE) nº 1227/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo.