
INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE
LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
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En lo que a parte fija se refiere de la remuneración anual del conjunto de los consejeros por el desempeño de funciones ejecutivas, ascenderá a
un importe global de 600.000 euros. Este límite será conjunto y por tanto aplicable con independencia del número de consejeros ejecutivos que
haya.
Cabe precisar a este respecto, que en el ejercicio en curso los consejeros que tienen la condición de ejecutivos son D. Michel Lallement (Presidente
Ejecutivo), y D. Ruslan Eldarov (Manager Director de la filial rusa Marma). No obstante lo anterior, la Comisión de Nombramientos y Retribuciones
de la Sociedad consideró que habida cuenta que D. Ruslan Eldarov desempeña un cargo ejecutivo en una filial, y no en la matriz, y por tanto, al
no encajar en el supuesto recogido en el apartado 5 de la Política de Remuneraciones, donde se estable la remuneración de los consejeros por
el desempeño de funciones ejecutivas "atendiendo a las funciones que desempeñan y considerando una dedicación permanente y exclusiva", D.
Ruslan Eldarov no tiene suscrito un contrato de alta dirección con la matriz en el que se le reconozca retribución por sus funciones ejecutivas, sino
únicamente por su condición de consejero.
A.1.5 Importe y naturaleza de cualquier componente de remuneración en especie que será devengado en el
ejercicio incluyendo, pero no limitado a, las primas de seguros abonadas en favor del consejero.
No existen componentes de remuneración en especie a favor de miembros del órgano de administración durante el ejercicio en curso.
A.1.6 Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo.
Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de
cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación
de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la
entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar,
al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la
remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos
para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro
tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de
cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en
términos absolutos.
Los consejeros ejecutivos que tienen suscrito contrato de alta dirección, cuentan con un componente variable a corto plazo, consiste en un bonus,
pagadero en efectivo, por importe de 30.000 euros, y cuyo devengo dependerá del grado de cumplimiento que hayan tenido en el periodo en
cuestión, de los parámetros que fije el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones.
Adicionalmente, todos los consejeros por su condición de tal cuentan con un componentes variable a largo plazo. Se dan una serie de
circunstancias en la Sociedad que movieron a su Comisión de Nombramientos y Retribuciones a incorporar un componente variable a largo plazo
en la vigente Política de Remuneraciones aprobada en el ejercicio 2024. Tales condiciones responden: (i) por un lado, a que la situación financiera
de la Sociedad en los últimos ejercicios, ha motivado el mantenimiento de unas remuneraciones para sus consejeros que no se han actualizado
desde el ejercicio 2016. Consecuencia de ello, tales remuneraciones ha quedado muy por debajo de la media de otras sociedades cotizadas
(excluyendo las del IBEX); y por otro, (ii) las tensiones de tesorería que atraviesa la Sociedad, están conllevando que en la práctica los miembros
del Consejo de Administración, anteponiendo los intereses sociales a cualquier otro, estén devengando sus remuneraciones y percibiéndolas
extemporáneamente e íntegramente mediante capitalización de sus créditos salariales. Dichas circunstancias, sumadas al hecho del gran esfuerzo
e implicación que están demostrando los miembros del Consejo de Administración en una época de gran exigencia en la gestión de la compañía,
motivaron la inclusión en la Política de Remuneraciones de un componente variable a largo plazo cuyo devengo quedará condicionado al
cumplimiento cumulativo de dos hitos que se consideran esenciales en la hoja de ruta de la compañía, como son:
(i) el cumplimiento del convenio de acreedores en el que lleva incursa la Sociedad desde el ejercicio 2012, y; (ii) la obtención de un resultado
consolidado de explotación positivo. El cumplimiento de los referidos hitos conllevará el devengo de un componente variable a favor de todos los
miembros del Consejo de Administración, no solo los ejecutivos. Los términos de este componente variable son los siguientes:
son los siguientes:
- El devengo de este bonus se producirá, en su caso, con el cumplimiento cumulativo de 2 hitos que se consideran esenciales en la hoja de ruta
de la compañía, como son: (i) el cumplimiento del convenio de acreedores en el que lleva incursa la Sociedad desde el ejercicio 2012, y; (ii) la
obtención de un resultado consolidado de explotación positivo.
- Se tomará como referencia temporal la firmeza de la sentencia mediante la cual se aprobó la modificación de convenio de acreedores de la
Sociedad, esto es, el 18 de mayo de 2021.
- Por cada ejercicio completo que haya transcurrido desde la referida fecha del 18 de mayo de 2021, hasta la fecha del cumplimiento cumulativo
de las dos condiciones establecidas para el devengo del nuevo componente variable, a cada consejero se le reconocerá un bonus de 60.000 €. En
consecuencia, tendrán derecho a reconocerse este componente variable todas aquellas personas que hayan ocupado el cargo de consejero en
dicho periodo de tiempo, en la proporción que les corresponda en función de la vigencia de sus respectivos cargos.
- Será pagadero en acciones, mediante la capitalización de los créditos correspondientes a dichos bonus, emitiendo la Sociedad a tal efecto las
nuevas acciones que resulten necesarias, a la par, es decir, por su valor nominal y sin prima de emisión. Esta capitalización de créditos se someterá