INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
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% de consejeros otros externos 0,00
Explique las funciones, incluyendo, en su caso, las adicionales a las previstas legalmente, que tiene
atribuidas esta comisión, y describa los procedimientos y reglas de organización y funcionamiento de la
misma. Para cada una de estas funciones, señale sus actuaciones más importantes durante el ejercicio y
cómo ha ejercido en la práctica cada una de las funciones que tiene atribuidas, ya sea en la ley o en los
estatutos o en otros acuerdos sociales.
La Comisión de Auditoría y Control tiene la función de asistir al Consejo de Administración de la Sociedad en la supervisión de los estados
financieros y no financieros así como en el ejercicio de la función de control de la sociedad y las sociedades que forman parte de su Grupo.
A tal efecto, serán competencias de la Comisión de Auditoría y Control las siguientes:
a) Revisar periódicamente la política de riesgos y proponer su modificación y actualización al Consejo de Administración.
b) Aprobar la política relativa a la contratación del auditor de cuentas.
c) Informar a la Junta General de Accionistas sobre cuestiones que en ella planteen los accionistas en materia de su competencia.
d) Supervisar la eficacia del control interno de la Sociedad y de su Grupo, así como de su sistema de gestión de riesgos financieros y no financieros,
incluidos los fiscales y los relacionados con la corrupción.
e) Velar en general por que las políticas y sistemas establecidos en materia de control interno se apliquen de modo efectivo en la práctica.
f) Analizar, junto con los auditores de cuentas, las debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la
auditoría.
g) Supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera y no financiera preceptiva.
h) Proponer al Consejo de Administración, para su sometimiento a la Junta General de Accionistas, el nombramiento, reelección o sustitución
de los auditores de cuentas, así como las condiciones de su contratación, de acuerdo con la normativa aplicable, y recibir regularmente de estos
información sobre el plan de auditoría y su ejecución, además de preservar su independencia en el ejercicio de sus funciones.
i) Supervisar la actividad de las áreas de Compliance y Auditoría Interna, que dependerán funcionalmente de la Comisión de Auditoría y
Cumplimiento, y velar por su independencia.
j) Proponer la selección, nombramiento y cese de los responsables de los servicios de Compliance y auditoría interna; proponer el presupuesto
de esos servicios; aprobar la orientación y el plan de trabajo anual, asegurándose de que su actividad esté enfocada principalmente en los
riesgos relevantes; recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la Alta Dirección tenga en cuenta las conclusiones y
recomendaciones de sus informes.
k) Establecer las oportunas relaciones con los auditores de cuentas para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo
su independencia, para su examen por la Comisión, y cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas, así
como aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de cuentas y en las restantes normas de auditoría.
l) En todo caso, deberá recibir anualmente de los auditores de cuentas la confirmación escrita de su independencia en relación con la Sociedad
o entidades vinculadas a esta directa o indirectamente, así como la información de los servicios adicionales de cualquier clase prestados y los
correspondientes honorarios percibidos de estas entidades por los citados auditores de cuentas, o por las personas o entidades vinculadas a estos
de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre auditoría de cuentas.
m) Emitir anualmente, con carácter previo al informe de auditoría de cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre la
independencia de los auditores de cuentas. Este informe deberá pronunciarse, en todo caso, sobre la prestación de los servicios adicionales a que
hace referencia el apartado anterior, en los términos establecidos por la ley.
n) Informar previamente al Consejo de Administración respecto de la información financiera y no financiera que, por su condición de cotizada,
la Sociedad deba hacer pública periódicamente, debiendo asegurarse de que los estados financieros intermedios se formulan con los mismos
criterios contables que las cuentas anuales y, a tal fin, considerar la procedencia de una revisión limitada del auditor de cuentas.
o) Informar al Consejo de Administración, con carácter previo a la adopción por este de la correspondiente decisión, sobre la creación o
adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países o territorios que tengan la consideración de paraísos
fiscales, así como cualesquiera otras transacciones u operaciones de naturaleza análoga que, por su complejidad, pudieran menoscabar la
transparencia del Grupo.
p) Las demás funciones que pudiera acordar el Consejo de Administración de la Sociedad
Durante el ejercicio de referencia las actuaciones más relevantes han sido las siguientes:
(a) Analizar de la Información Pública Periódica, con carácter previo a su remisión a la CNMV y a las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Bilbao y
Madrid.
(b) Analizar de las cuentas anuales (balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de flujos de efectivo y estado de cambios en el patrimonio
neto y memoria) e informe De gestión de la sociedad y de su grupo consolidado correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2019.
(c) Seguir de los procedimientos de auditoría externa.
(d) Analizar de los procedimientos de auditoría interna y, en especial, de los procedimientos relativos al Sistema de Control Interno sobre el
procedimiento de elaboración de la información financiera (SCIIF).
(e) Verificar del estado contable de liquidez en relación con la aprobación de un dividendo a cuenta de los resultados de 2020.
(f) Analizar del mapa de riesgos de la sociedad. En el ejercicio en curso, la Comisión de Auditoria ha analizado de forma especifica el impacto de la
crisis derivada de la emergencia sanitaria derivada de la Covid-19.
(g) Informar acerca de los puntos del orden del día de la junta general de su competencia y, en especial, el correspondiente a la reelección del
auditor externo.
(h) Informar acerca de la política fiscal del Grupo CIE.