INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
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Cuando se produce un cambio en la primera línea de la estructura organizativa, se comunica directamente desde Dirección General. Si el cambio
se produce en los responsables locales del SCIIF, es Dirección Financiera Corporativa quien comunica el cambio a las personas implicadas en el
proceso.
· Código de conducta, órgano de aprobación, grado de difusión e instrucción, principios y valores incluidos
(indicando si hay menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información
financiera), órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras y
sanciones:
El Grupo cuenta con un Código de Ética y Conducta con el fin de cumplir plenamente con las obligaciones impuestas por el Código Penal tras sus
últimas modificaciones. Este nuevo Código de Ética y Conducta fue aprobado por el Consejo de Administración en julio de 2014 y está difundido
y firmado de conformidad por todo el personal del Grupo, habiéndose entregado copia impresa o electrónica a cada empleado. En julio de 2018
el Consejo aprobó la incorporación de dos nuevos anexos al Código de Ética y Conducta (Código de uso de herramientas informáticas y Código de
política anticorrupción).
El departamento de Recursos Humanos es el responsable del proceso de acogida, por el cual todo nuevo empleado recibe una copia del Código
de Ética y Conducta en el momento de su incorporación al Grupo. El Código está difundido y aceptado por la totalidad de los empleados del
Grupo.
Desde el departamento de Recursos Humanos, se envían semestralmente recordatorios a toda la plantilla, en los que se recuerdan las
responsabilidades principales en materia de ética, tanto para empleados como para directivos.
Adicionalmente, durante 2020 se ha comenzado una formación específica sobre el Código de Ética y Conducta dirigida a todos los empleados
del Grupo mediante una serie de videos explicativos, que se han distribuido a través de la plataforma “Aula Faes”, donde queda registrada la
participación de cada uno.
El órgano encargado de su seguimiento, análisis de incumplimientos y puesta en marcha de las medidas correctoras es el Comité de Ética en
dependencia de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento, siendo el Consejo de Administración en último término el responsable. El Código
establece que será revisado periódicamente por el Comité de Ética, quien impulsará las modificaciones que estime oportunas.
Los principios y valores a destacar incluidos en el Código referidos al registro de operaciones e información financiera están recogidos en el artículo
6.3 sobre control interno, y en especial en el apartado siguiente: Control de la información financiera: “La falsificación, manipulación de información,
así como la utilización deliberada de la misma constituye un fraude. En línea con lo establecido en las recomendaciones de la Comisión Nacional
del Mercado de Valores respecto del control interno sobre la información financiera en las entidades cotizadas, Faes Farma asume como principio
de comportamiento la transparencia y fiabilidad de la información financiera y el cumplimiento de la normativa aplicable.
Los administradores, directivos, empleados, colaboradores y dependientes de Faes Farma deberán transmitir dicha información de forma veraz,
completa y comprensible. En ningún caso proporcionarán, a sabiendas, información incorrecta, inexacta o imprecisa que pueda inducir a error a
quien la recibe. Los administradores, directivos, empleados, colaboradores y dependientes de Faes Farma reflejarán con claridad y precisión las
transacciones, hechos y eventos en los registros de la organización y pondrán especial cuidado respecto a la fiabilidad de la información financiera
introducida en los sistemas de la organización y sociedades controladas, que reflejará, a la fecha correspondiente, los derechos y obligaciones
a través de los correspondientes activos y pasivos, de conformidad con la normativa aplicable. Los registros deberán reflejar la totalidad de las
transacciones, hechos y eventos de la organización. Asimismo, el Consejo de Administración de Faes Farma y el conjunto de sus directivos,
empleados, colaboradores y dependientes se comprometen a garantizar la supervisión periódica de la eficacia del sistema de control interno sobre
la elaboración de la información financiera. Si los administradores, directivos, empleados, colaboradores y dependientes de Faes Farma observaran
circunstancias que, de acuerdo a su leal saber y entender, suponen un quebranto de los principios de conducta anteriores, deberán ponerlo en
conocimiento de la dirección de la compañía, a través de los medios que ésta tenga establecidos al efecto. Por último, Faes Farma se compromete
a poner a disposición de sus administradores, directivos, empleados, colaboradores y dependientes la formación que resulte necesaria para que
éstos conozcan, comprendan y cumplan con los compromisos establecidos por Faes Farma en materia de control interno de la información
financiera. Cualquier comunicado o comentario sobre las actividades de la compañía que se haga a terceros deberá realizarse exclusivamente a
través de un portavoz autorizado.”
Adicionalmente, el Grupo cuenta con un Reglamento Interno de Conducta sobre actuación en actividades relacionadas con el mercado de valores,
cuya última versión fue aprobada por el Consejo de Administración en julio de 2020 y que ha sido igualmente difundido a las personas afectadas
por el mismo a través de la plataforma “Aula Faes”.
· Canal de denuncias, que permita la comunicación a la comisión de auditoría de irregularidades de
naturaleza financiera y contable, en adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y
actividades irregulares en la organización, informando, en su caso, si éste es de naturaleza confidencial:
Como herramienta eficaz para asegurar la efectividad del código de conducta, se aprobó en 2012 un canal de denuncias público para el personal
del Grupo y terceros que pudieran tener necesidad de remitir un hecho denunciable.
En 2014, en vista de las modificaciones introducidas en la estructura de supervisión del sistema de prevención del delito y con el fin de simplificar
los procedimientos internos existentes hasta la fecha en materia de comunicación y gestión de posibles incidencias relacionadas con el Código de