INFORME ANUAL DE GOBIERNO CORPORATIVO
DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS COTIZADAS
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sin quebrantar su independencia. A tales efectos, y en su caso, podrán presentar recomendaciones o propuestas al Consejo de Administración
y el correspondiente plazo para su seguimiento; j) Supervisar y evaluar el proceso de elaboración y la integridad de la información financiera y
no financiera, así como los sistemas de control y gestión de riesgos financieros y no financieros relativos a la sociedad y al grupo incluyendo los
operativos, tecnológicos, legales, sociales, medioambientales, políticos y reputaciones o relaciones con la corrupción. Revisar la designación y
sustitución de sus responsables; k) Velar por la independencia de la auditoría interna; proponer la selección, nombramiento y cese del responsable
del servicio de auditoría interna; proponer el presupuesto de ese servicio; aprobar o proponer la aprobación al Consejo de Administración de
la orientación y el plan de trabajo anual de la auditoría interna, asegurándose de que su actividad esté enfocada principalmente en los riesgos
relevantes (incluidos los reputacionales); recibir información periódica sobre sus actividades; y verificar que la alta dirección tenga en cuenta las
conclusiones y recomendaciones de sus informes; l) Revisar las cuentas de la sociedad, vigilar el cumplimiento de los requerimientos legales y la
correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados, así como informar las propuestas de modificación de principios
y criterios contables sugeridos por la dirección; m) Revisar los folletos de emisión y la información financiera periódica que deba suministrar
el Consejo a los mercados y sus órganos de supervisión; n) Velar por que las políticas y sistemas establecidos en material de control interno
se apliquen de modo efectivo en la práctica; ñ) Informar, con carácter previo, al Consejo de Administración sobre las operaciones vinculadas
que deba aprobar la Junta General o el Consejo de Administración y supervisar el procedimiento interno que tenga establecido la Sociedad
para aquellas cuya aprobación haya sido delegada; o) Establecer y supervisar un mecanismo que permita a los empleados y a otras personas
relacionadas con la Sociedad, tales como consejeros, accionistas, proveedores, contratistas o subcontratistas, comunicar las irregularidades
de potencial trascendencia, incluyendo las financieras y contables, o de cualquier otra índole, relacionadas con la Sociedad que adviertan en
el seno de la Sociedad o su grupo. Dicho mecanismo deberá garantizar la confidencialidad y, en todo caso, prever supuestos en los que las
comunicaciones puedan realizarse de forma anónima, respetando los derechos del denunciante y denunciado; p) Informar, con carácter previo,
al Consejo de Administración sobre todas las materias previstas en la Ley, los estatutos sociales y en el reglamento del consejo y, en particular,
sobre: 1) la información financiera y el informe de gestión, que incluirá, cuando proceda, la información no financiera preceptiva que la sociedad
deba hacer pública periódicamente, 2) la creación o adquisición de participaciones en entidades de propósito especial o domiciliadas en países
o territorios que tengan la consideración de paraísos fiscales, 3) la propuesta de modificación del Reglamento del Consejo de Administración.
3.- La Comisión de Auditoría designará de su seno un Presidente que deberá tener la condición de Consejero independiente. En ausencia del
Presidente, presidirá la reunión el consejero independiente de mayor edad. La duración del mandato del Presidente será de un máximo de
cuatro años, pudiendo ser reelegido una vez transcurrido un plazo de un año desde su cese. Actuará como Secretario el Secretario del Consejo
de Administración y en su ausencia el Vicesecretario del Consejo de Administración. Se levantará acta de los acuerdos adoptados en cada
sesión, de los que se dará cuenta al pleno del Consejo. 4.- La Comisión de Auditoría se reunirá periódicamente en función de las necesidades
y, al menos, cuatro veces al año. Una de las sesiones estará destinada necesariamente a evaluar la eficiencia y el cumplimiento de las reglas
y procedimientos de gobierno de la sociedad y preparar la información que el Consejo de Administración ha de aprobar e incluir dentro de
su documentación pública anual. Será convocada por el Presidente, que deberá efectuar la convocatoria a requerimiento del Presidente del
Consejo de Administración o de dos miembros de la propia Comisión. Serán válidas las reuniones de la Comisión en las que se hallen presentes o
representados, al menos, la mayoría de sus miembros. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los miembros asistentes a la Comisión.
La votación por escrito y sin sesión sólo será admitida cuando ninguno de los miembros se oponga a dicho procedimiento. 5.- Estará obligado a
asistir a las sesiones de la Comisión de Auditoría y a prestarle su colaboración y acceso a la información de que disponga, cualquier miembro del
equipo directivo o del personal de la Compañía que fuese requerido a tal fin. También podrá requerir la Comisión la asistencia a sus sesiones de los
Auditores de Cuentas. 6.- Para el mejor cumplimiento de sus funciones, podrá la Comisión de Auditoría y Cumplimiento recabar el asesoramiento
de profesionales externos, cuya contratación recabará al Consejo de Administración, que no podrá denegarla si no fuera de manera razonada
atendiendo al interés de la sociedad."
ACTUACIONES MÁS IMPORTANTES DURANTE EL EJERCICIO 2023:
• Evaluar e Informar al Consejo de Administración el presupuesto del ejercicio y seguimiento del cumplimiento de este.
• Seguimiento de la situación financiera y la tesorería de la sociedad y su Grupo durante el ejercicio.
• Supervisar y analizar la información económico-financiera periódica intermedia (trimestral y semestral) y anual para su aprobación y presentación
a los mercados y a sus órganos de supervisión.
• Conocer el Plan de trabajo de los auditores externos y sus conclusiones.
• Revisar las condiciones económicas de la contratación de la firma de auditoría de cuentas de la sociedad y su Grupo.
• Analizar la independencia del auditor externo y revisión del cumplimiento de las incompatibilidades establecidas en la Ley 22/2015, de 20 de julio,
de auditoría de cuentas, considerando acreditada dicha independencia.
• Aprobar los servicios distintos de auditoría prestados por el auditor externo para la sociedad o filiales del Grupo, previamente informados por la
Dirección General Económico-Financiera en cuanto a su naturaleza, circunstancias e importe.
• Selección y nombramiento del Director de Auditoría Interna con dependencia funcional del Presidente de la Comisión.
• Analizar y revisar los informes realizados por la auditoría interna durante el ejercicio, sus resultados, conclusiones y, en su caso, recomendaciones a
la dirección de la sociedad.
• Revisar y aprobar la Memoria Anual de la Dirección de auditoría Interna, evaluación de su cumplimiento; aprobar el Plan Anual de Auditoría
Interna, incluyendo el Presupuesto del ejercicio.
• Revisar y aprobar la Memoria de actividades de la Dirección de Cumplimiento y el Plan Anual de la Dirección de Cumplimiento incluyendo el
Presupuesto del ejercicio.
• Analizar y seguir la tramitación de las denuncias recibidas a través del Canal Ético, actuaciones y medidas adoptadas respecto de cada una de
ellas, reportado todo por la Dirección de Cumplimiento.
• Seguir las investigaciones coordinadas por la Dirección de Cumplimiento a solicitud de la propia Comisión.
• Seguir las actuaciones realizadas en el marco del Sistema de prevención de blanqueo de capitales y financiación de terrorismo implantado en las
sociedades del Grupo obligadas por actividad o legislación local.
• Supervisar el Plan de trabajo para la renovación de la Certificación ISO 37001 (sistema de gestión anti-corrupción) y UNE 19601 (sistema de gestión
de compliance penal).
• Revisión de la adecuación y mejora de los Modelos de Competencia en distintas geografías.
• Revisar y aprobar la Memoria Anual de la Dirección de Riesgos y Control Interno y del Plan Anual de la Dirección, incluyendo el presupuesto del
ejercicio.
• Actualizar el Mapa de Riesgos, financieros y no financieros, del Grupo OHLA.
• Revisar y aprobar el informe fiscal del ejercicio anterior y las políticas fiscales aplicadas.
Obrascón Huarte Lain, S.A. – Informe de Gestión Individual 2023