URBAS GRUPO FINANCIERO, S.A.
MEMORIA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2021
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El auto de apertura acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones frente a la
Sociedad, que queda eximida de responsabilidad penal en el marco de dicho
procedimiento, lo que ratifica la legalidad de la actuación de Urbas en la ampliación de
capital social realizada en el año 2015, que fue una actuación esencial y necesaria para
garantizar su viabilidad y para alcanzar la actual situación de crecimiento.
El auto acuerda que la Sociedad sea responsable civil subsidiaria en el procedimiento
por un importe aproximado de 2,5 millones de euros, cantidad que en ningún caso
afectaría a la solvencia de Urbas en el caso de que debiese responder de la misma, y de
la que sería responsable junto con otras entidades de reconocida solvencia.
Urbas tiene el convencimiento de que se producirá finalmente el archivo completo y
total de la causa
En opinión de los administradores de la Sociedad, no existen litigios o contingencias
significativas cuya probabilidad de ocurrencia justifique el registro de una provisión
adicional a la ya contabilizada y consideran que las provisiones constituidas son
suficientes para hacer frente a las liquidaciones definitivas que, en su caso, pudieran
surgir de la resolución de los litigios en curso y no esperan que, en caso de producirse la
resolución de los citados procesos judiciales por importe superior al provisionado, los
pasivos adicionales afectasen de manera significativa a los estados financieros de la
Sociedad
15. ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y SITUACION FISCAL
Urbas Grupo Financiero, S.A. es la sociedad dominante del Grupo Fiscal Consolidado
0336/15 en el que se integran sociedades participadas directa o indirectamente, en al
menos en un 75% por la sociedad dominante y que cumplan determinados requisitos.
El número de sociedades que componen el mencionado Grupo Fiscal en el ejercicio
2021 es de 29 sociedades siendo las más significativas: la propia Urbas Grupo
Financiero S.A.; Activos Financieros Urbas, S.L. Aldira Inversiones Inmobiliarias, S.L.;
Amantani Inversiones Inmobiliarias, S.L. ; Banurba Financiación, S.L.; Construcciones
de la Vega COVE, S.L.; Divertiendas, S.L.; Guadahermosa Activos, S.L.; Guadahermosa
Grupo Inmobiliario, S.L.; Guadahermosa Proyectos Urbanísticos 2001, S.L.,
Inversiones Playamayor, S.L.; Promotora José Luis Caso 72, S.L., Proyecto Inmobiliario
La Campiña, S.L.; Terlemudes, S.L.; Torres de la Alameda Investments, S.L.; Urbas
Belvalle, S.L.; Urbas Desarrollos empresariales, S.L., Urbas Financial Invest, S.L. y
Urbas Inversiones Finalistas y Desarrollo, S.L..
El cálculo del Impuesto sobre Sociedades se realiza sobre la base del resultado
económico, obtenido por la aplicación de principios de contabilidad generalmente
aceptados, que no necesariamente ha de coincidir con el resultado fiscal, entendiendo
éste como la base imponible del impuesto.
La Sociedad declara el Impuesto sobre el Valor Añadido en el Régimen Especial del
Grupo de Entidades 0151/16 constituido en el ejercicio 2016, cuya sociedad dominante
es Urbas Grupo Financiero, S.A.
La Sociedad dominante del Grupo presenta, mensualmente, las declaraciones-
liquidaciones periódicas agregadas integrando los resultados de las autoliquidaciones
individuales de las sociedades que forman parte del Grupo de Entidades.