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FAES FARMA, S.A. Y SOCIEDADES DEPENDIENTES
Memoria de las cuentas anuales consolidadas
(Continúa)
la utilización del activo, las expectativas sobre posibles variaciones en el importe o
distribución temporal de los flujos, el valor temporal del dinero, el precio a satisfacer por
soportar la incertidumbre relacionada con el activo y otros factores que los partícipes del
mercado considerarían en la valoración de los flujos de efectivo futuros relacionados con
el activo.
Las diferencias negativas resultantes de la comparación de los valores contables de los
activos con sus valores recuperables se reconocen en resultados.
El valor recuperable se debe calcular para un activo individual, a menos que el activo no
genere entradas de efectivo que sean, en buena medida, independientes de las
correspondientes a otros activos o grupos de activos. Si éste es el caso, el valor recuperable
es determinado para la unidad generadora de efectivo (UGE) a la cual el activo pertenece.
Las pérdidas relacionadas con el deterioro de valor de las unidades generadoras de efectivo
(UGEs), se asignarán inicialmente a reducir, en su caso, el valor del fondo de comercio
asignado a la misma y a continuación a los demás activos de la UGE, prorrateando en
función del valor contable de cada uno de los activos, con el límite para cada uno de ellos
del mayor de su valor razonable menos los costes de enajenación o disposición por otra
vía, su valor en uso y cero.
El Grupo evalúa en cada fecha de cierre, si existe algún indicio de que la pérdida por
deterioro de valor reconocida en ejercicios anteriores ya no existe o pudiera haber
disminuido. Las pérdidas por deterioro del valor correspondientes al fondo de comercio no
son reversibles. Las pérdidas por deterioro del resto de activos sólo se revierten si se
hubiese producido un cambio en las estimaciones utilizadas para determinar el valor
recuperable del activo.
La reversión de la pérdida por deterioro de valor se registra con abono a resultados, no
obstante, la reversión de la pérdida no puede aumentar el valor contable del activo por
encima del valor contable que hubiera tenido, neto de amortizaciones, si no se hubiera
registrado el deterioro.
El importe de la reversión de la pérdida de valor de una UGE, se distribuye entre los activos
de la misma, exceptuando el fondo de comercio, prorrateando en función del valor contable
de los activos, con el límite por activo del menor de su valor recuperable y el valor contable
que hubiera tenido, neto de amortizaciones, si no se hubiera registrado la pérdida.
3.7 Instrumentos financieros
Los instrumentos financieros se clasifican en el momento de su reconocimiento inicial
como un activo financiero, un pasivo financiero o un instrumento de patrimonio, de
conformidad con el fondo económico del acuerdo contractual y con las definiciones de
activo financiero, pasivo financiero o de instrumento de patrimonio desarrolladas en la NIC
32 “Instrumentos financieros: presentación”.
Los instrumentos financieros se reconocen cuando el Grupo se convierte en una parte
obligada del contrato o negocio jurídico conforme a las disposiciones del mismo.
Asimismo, y a efectos de su valoración, los instrumentos financieros se clasifican en las
categorías de activos y pasivos financieros a valor razonable con cambios en resultados,
préstamos y cuentas a cobrar y pasivos financieros a coste amortizado. La clasificación en