
INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE
LOS CONSEJEROS DE SOCIEDADES ANONIMAS COTIZADAS
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contingencias de jubilación, incapacidad y fallecimiento, consiste en una aportación por parte de la Sociedad, mediante su externalización en
forma de seguro. La aportación individual se calcula en función del salario fijo y la antigüedad con un máximo del 15% que equivale a 30 años de
antigüedad. Si transcurrido el trienio se alcanzan los objetivos de rentabilidad aprobados por la Comisión de Recursos Humanos, Nombramientos
y Retribuciones para el periodo se devengará, en su caso, la suma de las cantidades anuales y la Sociedad instrumentará la cobertura de
las contingencias anteriores, para las personas incluidas en el Plan y validadas por la Comisión de Recursos Humanos, Nombramientos y
Retribuciones, entre las que se incluye el Presidente ejecutivo, mediante la suscripción de un contrato de seguro de vida (mixto) con una entidad
de reconocido prestigio y solvencia. En 2026 no se realizará ninguna aportación por este concepto.
A.1.6 Importe y naturaleza de los componentes variables, diferenciando entre los establecidos a corto y largo plazo.
Parámetros financieros y no financieros, incluyendo entre estos últimos los sociales, medioambientales y de
cambio climático, seleccionados para determinar la remuneración variable en el ejercicio en curso, explicación
de en qué medida tales parámetros guardan relación con el rendimiento, tanto del consejero, como de la
entidad y con su perfil de riesgo, y la metodología, plazo necesario y técnicas previstas para poder determinar,
al finalizar el ejercicio, el grado efectivo de cumplimiento de los parámetros utilizados en el diseño de la
remuneración variable, explicando los criterios y factores que aplica en cuanto al tiempo requerido y métodos
para comprobar que se han cumplido de modo efectivo las condiciones de rendimiento o de cualquier otro
tipo a las que estaba vinculado el devengo y la consolidación de cada componente de la retribución variable.
Indique el rango en términos monetarios de los distintos componentes variables en función del grado de
cumplimiento de los objetivos y parámetros establecidos, y si existe algún importe monetario máximo en
términos absolutos.
Los Consejeros de la Sociedad, en su condición de tales y de conformidad con lo establecido en los Estatutos Sociales, tienen asignada una
remuneración consistente en su participación en los beneficios líquidos de la Sociedad, que se encuentra fijada en el cuatro por ciento (4%),
deduciéndose en todo caso de dicho porcentaje (i) la cantidad máxima a percibir por los Consejeros en concepto de retribución por asistencia
fijada en la suma de mil seiscientos euros (1.600€) por sesión y asistencia, y (ii) los importes abonados en concepto de prima de seguro médico
a los Consejeros en su condición de tales (únicamente respecto de aquellos que hayan optado por percibir parte de su remuneración mediante
el pago de una prima de seguro médico individual). El citado porcentaje sólo podrá ser detraído de los beneficios líquidos una vez cumplidos
los requisitos que señala el artículo 218 de la Ley de Sociedades de Capital. Este porcentaje permanecerá vigente en tanto la Junta General de la
Sociedad no apruebe su modificación.
Respecto al único Consejero ejecutivo de la Sociedad, el Presidente ejecutivo, de acuerdo con lo establecido en la Política de Remuneraciones y
en su contrato, tendrá derecho a percibir una retribución variable determinada en función del grado de consecución de objetivos previamente
establecidos, vinculados a los resultados del Grupo, a la generación de valor a medio y largo plazo y al desempeño de las funciones desarrolladas,
según se detalla a continuación:
i) Una retribución variable a corto plazo (anual) condicionada al grado de cumplimiento de los objetivos establecidos por el Consejo de
Administración a propuesta de la Comisión de Recursos Humanos, Nombramientos y Retribuciones. Para la valoración de la consecución de
los objetivos económicos anuales se tendrán en cuenta principalmente parámetros como Beneficio Neto, ejecución de inversiones, o fortaleza
financiera. Los objetivos no financieros ponderarán aquellos parámetros o indicadores que contribuyan a desarrollar un modelo de negocio que
promueva un desarrollo equilibrado y sostenible a través de índices de sostenibilidad auditados por terceros de reconocido prestigio con métricas
focalizadas en agua y medio ambiente. A tal efecto, en el ejercicio 2026 se han establecido los objetivos, con un máximo aprobado por el Consejo
a propuesta de la Comisión de Recursos Humanos, Nombramientos y Retribuciones de 150.000 euros anuales y ponderados entre: a) el BDI del
Grupo (51,3%); b) el BAI de cada una de las filiales del Grupo ponderado proporcionalmente en función de su peso en el BAI del Grupo (44,1%);
c) ESG, concretado en objetivos claros de obtención de los reconocimientos máximos en Clima y en agua otorgados por terceros de reconocido
prestigio que implican una auditoría global de los procesos, KPI´s y estrategia (4,6%).
ii) Una retribución variable anual que se calculará conforme al porcentaje alcanzado del beneficio después de impuestos del Grupo (“BDI”) en el
ejercicio económico, que corresponde a un porcentaje de participación en función del nivel de resultados que, como máximo, es del 0,85% del
BDI.
iii) Una retribución variable cuyo periodo de generación es trianual, consistente en la participación en un fondo global, junto con el personal clave
de la Sociedad, a liquidar y satisfacer al final del trienio si se alcanzan los objetivos de resultados establecidos por el Consejo de Administración,
a propuesta de la Comisión de Recursos Humanos, Nombramientos y Retribuciones y posterior aprobación del Consejo de Administración. Los
términos de valoración, métrica y devengo requieren que el Grupo alcance un BDI mínimo al final del trienio con el objetivo de alinear al equipo
directivo y personal clave con la estrategia empresarial y la consecución del interés de la Sociedad. En 2025 fue aprobado por el Consejo de
Administración, a propuesta de la Comisión de Recursos Humanos, Nombramientos y Retribuciones, un nuevo fondo 2025-2027 del que, entre
otros, es beneficiario el D. Jorge Mercader Barata.
iv) En la Junta General celebrada el 19 de junio de 2025 fue aprobado, de conformidad con el artículo 23 de los Estatutos Sociales y la Política
de Remuneraciones de la Sociedad, un nuevo Plan de Opciones sobre Acciones de la Sociedad, dirigido a Consejeros ejecutivos de la Sociedad
y al personal directivo clave de la Sociedad y sus filiales que designe a tal efecto el Consejo de Administración, a propuesta de la Comisión de
Recursos Humanos, Nombramientos y Retribuciones. Los principales objetivos del citado Plan son: (a) alinear el interés de los Beneficiarios con
el de los accionistas de la Sociedad, vinculando su retribución con el incremento sostenible de valor a largo plazo de las acciones; (b) atraer,