GRUPO EZENTIS, S.A.

Nº Registro Oficial 7861 Individual
Auditada por DELOITTE & TOUCHE ESPAÑA, S.L.
Fecha estados financieros 31/12/2002

Explicación criterios utilizados (a) y (b)

Salvedades cuantificadas (a)

SOBRE RESULTADOS SOBRE FONDOS PROPIOS
Importes (miles de euros) Porcentajes Importes (miles de euros) Porcentajes
1 -144.400 39,54 %
2 -33.900 9,28 %
TOTAL
Salvedades cuantificadas
1 La situación financiera del Grupo y la posible venta a corto plazo de participaciones en filiales hacen previsible que se produzcan minusvalías significativas en relación con los fondos de comercio, por lo que de acuerdo con el principio de prudencia valorativa dichos fondos de comercio (144,4 millones de euros) deberían provisionarse en su totalidad. Asimismo, determinados saldos a pagar a acreedores preconcursales, hasta el momento de la aprobación del convenio de acreedores, deberían clasificarse como acreedores a corto plazo, y no como acreedores a largo plazo (143 mill. de euros).
2 De acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados los créditos fiscales e impuestos anticipados registrados en el ejercicio 2001, cuyo importe asciende al 31 de diciembre de 2002 a 33,9 millones de euros, no deberían haberse registrado, dado que existían incertidumbres, que se mantienen en la actualidad, sobre la recuperación de los mismos. Asimismo la inversión neta en determinadas sociedades dependientes no incluye ninguna provisión relacionada con el impacto de las salvedades de sus correspondientes informes de auditoría, básicamente relacionados con la activación de créditos fiscales e impuestos anticipados.

Salvedades sin cuantificar

Incertidumbres y otras Limitaciones (b)
1
Salvedades sin cuantificar - Incertidumbres y otras
1 Incertidumbre relativa a la recuperabilidad de los activos de la Sociedad, los costes netos de reestructuración a incurrir, la razonabilidad de las provisiones para riesgos y gastos registradas, así como a la capacidad de la Sociedad para hacer frente a sus compromisos y obligaciones, que están condicionadas al éxito de sus operaciones futuras.

El objetivo de este cuadro es únicamente informar sucintamente acerca de las auditorías disponibles en la CNMV para su consulta pública así como presentar una sinopsis informativa de las salvedades que, en su caso, muestren dichos informes. No obstante, la comprensión completa de la opinión manifestada por elauditor debe obtenerse de la lectura íntegra del correspondiente informe de auditoría.

(a) La columna de salvedades sobre resultados recoge los importes de las salvedades cuantificadas sobre resultados del ejercicio puestos de manifiesto por los auditores. Excepto en aquellos casos en que el auditor haya manifestado expresamente en su informe que tales salvedades se refieren a resultados antes de impuestos, como regla general la cifra que muestra el efecto en porcentaje de las salvedades cuantificadas por el auditor sobre el resultado del ejercicio ha sido calculada sobre el importe de los resultados después de impuestos que se han incorporado al cierre del ejercicio a los fondos propios de la sociedad auditada. A su vez, la columna de salvedades sobre fondos propios recoge únicamente los importes que el auditor manifiesta en su opinión que afectan de manera directa a los fondos propios de la entidad auditada. En consecuencia, esta columna de salvedades sobre fondos propios no incluye el efecto indirecto que sobre dichos fondos propios producen las salvedades cuantificadas en la columna anterior de salvedades sobre resultados. De acuerdo con el sistema de representación aquí descrito, el impacto teórico total en los fondos propios al cierre del ejercicio, que se deriva del conjunto de salvedades cuantificadas reflejadas por el auditor en su opinión, sería el agregado del importe reflejado en la columna de salvedades sobre resultados, asumiendo que estas salvedades cumplen con la regla general de corresponder al resultado que se incorpora a los fondos propios, y del importe reflejado en la columna de salvedades sobre fondos propios.

(b) Estos informes de auditoría incluyen limitaciones al alcance del trabajo realizado por el auditor. Al objeto de obviar dichas limitaciones la CNMV ha requerido a la sociedad que aporte al auditor la documentación necesaria para que éste pueda completar su trabajo de auditoría. Las conclusiones adicionales del auditor se incorporan al registro público de auditorías de la CNMV conjuntamente con el original.