Tras varios años de aplicación de la normativa MIFID I surge la necesidad de reforzar el marco regulatorio de los mercados de valores para su adaptación a la nueva realidad del mercado y para la incorporación de numerosas mejoras cuya necesidad se ha visto evidenciada con la crisis financiera. Esta reforma normativa pretende contribuir a la creación de un mercado de valores más competitivo, integrado y eficiente en el seno de la Unión Europea.

El nuevo conjunto normativo persigue, entre otros, los siguientes tres objetivos:

  • Canalizar la negociación que se realiza al margen de entornos organizados (referida habitualmente como negociación over the counter u OTC) hacia centros de negociación
  • Incrementar la transparencia en la fase previa y posterior a la negociación
  • Introducir controles sobre la negociación algorítmica

A continuación se describen las principales novedades previstas en la Directiva MiFID II y el Reglamento MiFIR (referidos asimismo conjuntamente como MiFID II – MiFIR) sobre la nueva estructura de los mercados de valores y las principales obligaciones para las empresas de servicios de inversión (ESI), centros de negociación y proveedores de servicios de suministro de datos.

Los cambios introducidos serán de aplicación, en su mayor parte, a partir del próximo 3 de enero de 2018.

Principales áreas temáticas

Desarrollo normativo

Implementación a nivel nacional

Cómo podemos ayudarle

La CNMV pone a su disposición un buzón de consultas sobre aspectos de mercados e instrumentos financieros de MiFID II y MiFIR: area.mercados@cnmv.es