Guía de procedimientos administrativos y modelos normalizados aplicables a las Entidades de Capital-Riesgo y sus Sociedades Gestoras.
  • La presente guía pretende exponer de forma clara y detallada los trámites y requisitos aplicables a los procedimientos más habituales que afectan a las Sociedades y Fondos de Capital-Riesgo y a sus gestoras, y en los que interviene, de una forma u otra, la CNMV. Con ello se trata de facilitar la aplicación por los diferentes interesados de la Ley 1/1999, de 5 de enero, reguladora de las ECR y de SGECR y de la Circular 4/1999, de la CNMV, sobre Procedimientos Administrativos y Modelos Normalizados de las ECR y SGECR.
  • No se recogen en esta guía información sobre las obligaciones contables y de información financiera de las ECR y SGECR, cuya regulación será objeto de las correspondientes circulares de la CNMV.
  • Las solicitudes de autorización e inscripción de nuevas entidades, o de modificaciones de las entidades ya existentes, y los documentos que las acompañen, podrán ajustarse a los formularios incluidos en esta guía.
  • Esta guía se revisará de manera sistemática, a efectos de incorporar las novedades normativas o de criterio que se estime convenientes. Es por ello que es preciso verificar que usted dispone de una versión debidamente actualizada de la misma. 
Cuadro resumen de los procedimientos administrativos y modelos normalizados de ECR Y SGECR.
Actuación Procedimiento administrativo ante CNMV

Norma

Constitución y puesta en marcha de nuevas ECR y SGECR

P01- Autorización del proyecto de constitución por el MEH, a propuesta de la CNMV:


Una vez obtenida la preceptiva autorización del MEH, la ECR o SGECR se constituye mediante el otorgamiento de la correspondiente escritura y posterior inscripción en el Registro Mercantil.

LECR art.10

Circular 4/1999 normas 2ª y3ª  
P02- Inscripción de ECR y SGECR en el correspondiente Registro de la CNMV.
Modificación de Reglamentos de gestión y Estatutos sociales

De ECR y de SGECR ya existentes

P03 - Modificación de reglamentos de gestión y Estatutos.

LECR art.10 y 15.1

Circular 4/1999 norma 4ª

Una vez obtenida la preceptiva autorización del MEH, la modificación del Reglamento de gestión o de los Estatutos sociales se debe elevar a Escritura Pública e inscribirse en el Registro Mercantil.  
  • P04 – Inscripción en el Registro Administrativo de modificaciones de Reglamento o Estatutos.

  • LECR art.12
    Designación y sustitución de gestoras LECR art.33
    LECR art.23.5
    Actualización de folletos de FCR

    P08- Inscripción en el Registro Administrativo de folletos actualizados

    LECR art.21.1.a)
    Nombramiento y cese de consejeros LECR art.14.2
    Baja del Registro

    P10 - Inscripción de bajas del Registro Administrativo

    LECR art.22
    Comunicación de

    Hechos Relevantes

    LECR art.21.2