P12F – COMUNICACIÓN DE HECHOS RELEVANTES DE FONDOS DE CAPITAL-RIESGO

Trámite y actuaciónes

Plazo de resolución

Documentos a presentar

Tasas

Observaciones

Trámite y actuaciónes.

  • Las Sociedades gestoras de FCR deberán facilitar a la CNMV cuanta información se les requiera en lo concerniente a hechos relevantes, con la frecuencia, alcance y contenido que se establezcan (LECR art.21.2).
  • Se considerarán hechos específicamente relevantes para el FCR los que afecten o puedan afectar significativamente a la consideración del valor de las participaciones. En particular toda circunstancia de carácter contingente, que afecte o pueda influir en la evolución de los negocios de las entidades participadas, su rentabilidad y situación financiera.
Plazo de resolución.

Inmediatamente

Documentos a presentar.

Comunicación del hecho relevante firmado por persona con poder bastante para obligar a la Sociedad gestora del FCR

Tasas.

Sin tasas

Observaciones.

El artículo 82 de la Ley del Mercado de Valores (LMV) define los hechos relevantes como aquellos que influyen de forma sensible en la cotización de los valores. A estos efectos, es importante señalar que el régimen de comunicación de hechos relevante previsto en la LMV y en la normativa de desarrollo, sólo es aplicable a aquellas ECR que estén admitidas a negociación en una Bolsa de valores.