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P08F- ACTUALIZACION DE FOLLETO DE FCR
Trámite y actuaciónes
Plazo de resolución
Documentos a presentar
Tasas
Observaciones
- El
folleto explicativo que tienen que elaborar los Fondos de Capital-Riesgo
al tiempo de su inscripción en el correspondiente Registro Administrativo
(LECR art.9) deberá ser actualizado:
- Al
menos, anualmente (LECR art.21.1), una vez se disponga del informe
de auditoría de cuentas del ejercicio anterior, debiendo presentarse
a la CNMV dentro del mes siguiente a la aprobación de dichas cuentas
anuales por sus Juntas generales y, en todo caso, antes del 31
de julio de cada año.
- Cuando
tenga lugar algún supuesto relevante para que el inversor pueda
formular un juicio fundado sobre la inversión que se le propone.
Entre otros, se consideran relevantes los siguientes supuestos:
sustitución de gestora, variación de la política de inversiones
y elevación de las comisiones aplicadas por la Sociedad gestora.
- No
obstante, cuando la actualización anual mencionada en el apartado
a) tenga por único objeto la incorporación del informe de auditoría,
la obligación se considerará cumplida con la remisión del referido
informe de auditoría a la CNMV, acompañado de una declaración
de la vigencia del folleto completo inscrito.
Este certificado de vigencia se incorporará en el correspondiente
Registro de folletos informativos de FCR de la CNMV.
- La
actualización del folleto podrá ser parcial. No obstante, la CNMV
podrá exigir, por razones de claridad en la información, la presentación
de un folleto íntegro, señalando el plazo para su presentación.
La
inscripción en el Registro Administrativo se efectuará por la CNMV
en el plazo que se determine reglamentariamente.
- Solicitud
de inscripción de folleto actualizado
- Folleto
de FCR o Folleto
reducido de FCR, según
proceda, que se presentará a la CNMV firmado en todas sus páginas
por persona con poder bastante para obligar a la Sociedad gestora
del FCR.
- Certificado
de vigencia suscrito
por persona con poder bastante para obligar a la SGECR, cuando
la actualización tenga por único objeto la incorporación del informe
de auditoría (alternativamente).
Sin tasas
En
todo caso, la SGECR mantendrá debidamente actualizada la información
contenida en los folletos informativos.
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