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P04S INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA CNMV DE MODIFICACIONES
DE ESTATUTOS DE SCR
Trámite y actuaciónes
Plazo de resolución
Documentos a presentar
Tasas
Observaciones
- Para
la inscripción de las modificaciones estatutarias se remitirá
una comunicación, dirigida a la CNMV, solicitando
la inscripción de la modificación
de Estatutos en el Registro
Administrativo. La solicitud irá acompañada de la correspondiente
escritura pública.
- Formalización
de la inscripción en el Registro de la CNMV.
Si la modificación no hubiera obtenido la autorización previa
o no coincida con la autorizada, la CNMV denegará la inscripción,
pudiendo los interesados, bien rectificar las variaciones introducidas,
bien solicitar expresamente una nueva autorización.
La
inscripción en el Registro Administrativo se efectuará por la CNMV
en el plazo que reglamentariamente se determine.
- < class="negrita">Solicitud
de inscripción de modificación en los Estatutos de SCR
- Escritura
pública de las modificaciones estatutarias realizadas,
debidamente inscrita en el Registro Mercantil
e incorporando la autorización expedida por el MEH. Se presentará
original de la escritura con fotocopia para su cotejo y posterior
devolución.
La
inscripción de las modificaciones estatutarias generarán, a partir
de la entrada en vigor de la correspondiente disposición, el pago
de la tasa por inscripción adicional en el Registro Administrativo
de la entidad que reglamentariamente se determine.
El
procedimiento de modificación de Estatutos
que precisa autorización previa es similar al procedimiento de la
autorización de un proyecto de constitución: 1) Autorización por
el MEH de la modificación propuesta (P03S); 2) Elevación a escritura
pública de dichas modificaciones e inscripción en el Registro Mercantil
y; 3) inscripción en el Registro Administrativo de la CNMV (P04S).
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