P04S – INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA CNMV DE MODIFICACIONES DE ESTATUTOS DE SCR

Trámite y actuaciónes

Plazo de resolución

Documentos a presentar

Tasas

Observaciones

Trámite y actuaciónes.
  • Para la inscripción de las modificaciones estatutarias se remitirá una comunicación, dirigida a la CNMV, solicitando la inscripción de la modificación de Estatutos en el Registro Administrativo. La solicitud irá acompañada de la correspondiente escritura pública.
  • Formalización de la inscripción en el Registro de la CNMV. Si la modificación no hubiera obtenido la autorización previa o no coincida con la autorizada, la CNMV denegará la inscripción, pudiendo los interesados, bien rectificar las variaciones introducidas, bien solicitar expresamente una nueva autorización.
Plazo de resolución.

La inscripción en el Registro Administrativo se efectuará por la CNMV en el plazo que reglamentariamente se determine.

Documentos a presentar.
  • < class="negrita">Solicitud de inscripción de modificación en los Estatutos de SCR
  • Escritura pública de las modificaciones estatutarias realizadas, debidamente inscrita en el Registro Mercantil e incorporando la autorización expedida por el MEH. Se presentará original de la escritura con fotocopia para su cotejo y posterior devolución.
Tasas.

La inscripción de las modificaciones estatutarias generarán, a partir de la entrada en vigor de la correspondiente disposición, el pago de la tasa por inscripción adicional en el Registro Administrativo de la entidad que reglamentariamente se determine.

Observaciones.

El procedimiento de modificación de Estatutos que precisa autorización previa es similar al procedimiento de la autorización de un proyecto de constitución: 1) Autorización por el MEH de la modificación propuesta (P03S); 2) Elevación a escritura pública de dichas modificaciones e inscripción en el Registro Mercantil y; 3) inscripción en el Registro Administrativo de la CNMV (P04S).