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P04F INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA CNMV DE MODIFICACIONES
DE REGLAMENTOS DE GESTION DE FCR
Trámite y actuaciónes
Plazo de resolución
Documentos a presentar
Tasas
Observaciones
- Para
la inscripción de las modificaciones del Reglamento de gestión
deberá presentarse una comunicación dirigida a la CNMV solicitando
que
se practique la inscripción de la modificación
de Reglamento de gestión en el Registro
Administrativo. La solicitud irá acompañada de la correspondiente
escritura pública.
- Formalización
de la inscripción en el Registro de la CNMV.
Si la modificación no hubiera obtenido la autorización previa
o no coincida con la autorizada, la CNMV denegará la inscripción,
pudiendo los interesados, bien rectificar las variaciones introducidas,
bien solicitar expresamente una nueva autorización.
La
inscripción en el Registro Administrativo se efectuará por la CNMV
en el plazo que reglamentariamente se determine.
- Solicitud
de inscripción de modificaciones de Reglamento de gestión de FCR,
firmada por un representante de la Sociedad
gestora con poder bastante para obligara a ésta.
- Escritura
pública de las modificaciones del Reglamento de gestión,
debidamente inscrita en el Registro Mercantil,
e incorporando la autorización expedida por el MEH. Se presentará
original de la escritura con fotocopia, para su cotejo y posterior
devolución.
La inscripción de las modificaciones de Reglamento
de gestión generarán, a partir de la entrada en vigor de la correspondiente
disposición , el pago de la tasa por inscripción adicional en el
Registro Administrativo de la entidad que reglamentariamente se
determine.
El
procedimiento de modificaciones de Reglamento de gestión que precisan
autorización previa, es similar al procedimiento de autorización
de un proyecto de constitución: 1) Autorización de las modificaciones
de Reglamento por el MEH (P03F); 2) Elevación a escritura pública
de dichas modificaciones e inscripción en el Registro Mercantil
y; 3) inscripción en el Registro Administrativo
correspondiente (vid P04F).
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