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P03F - MODIFICACIONES DE REGLAMENTOS DE GESTION DE FCR
Trámite y actuaciónes
Plazo de resolución
Documentos a presentar
Tasas
Observaciones
- Presentación de la solicitud de modificación
del Reglamento de gestión.La
solicitud de autorización del MEH para la modificación del Reglamento
de gestión y la documentación que la acompañe, se presentarán
directamente a la CNMV.
- Emisión
del informe de la CNMV sobre el proyecto de modificación.
La CNMV analizará la modificación del Reglamento
solicitada y, si determina que se trata de un supuesto que precise
autorización previa, remitirá al Ministerio de Economía y Hacienda
un informe y propuesta de autorización de la modificación, acompañado
de la documentación correspondiente.
- Autorización
del proyecto de modificación por
el Ministerio de Economía y Hacienda. El MEH expide una autorización
de modificación de Reglamento de gestión conforme a los solicitado
e imprime un sello en dicho Reglamento. La notificación de la
autorización y el Reglamento de gestión sellado se recogerán en
la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
- Elevación
a escritura pública.
Las modificaciones de Reglamento de gestión de FCR, una vez autorizadas
por el MEH, se elevarán a escritura pública y se inscribirán en
el Registro Mercantil.
El MEH debe notificar la resolución dentro
de los tres meses siguientes a la recepción de la solicitud. La
resolución se entenderá desestimada si transcurrido el plazo anterior
no hubiese sido resuelta.
- Solicitud
de autorización de modificación de Reglamento de gestión,
firmada por persona con poder bastante para obligar a la Sociedad
gestora. Se ajustará al modelo establecido.
- Memoria
explicativa de los objetivos de la modificación del
Reglamento de gestión propuesta y cuya autorización se solicita.
- Reglamento
de gestión redactado conforme
a la modificación propuesta. La modificación propuesta podrá ser
parcial (únicamente de los artículos objeto de la modificación)
o mediante texto refundido.
Sin tasas
El
procedimiento de modificaciones de Reglamento de gestión que precisan
autorización previa, es similar al procedimiento de autorización
de un proyecto de constitución: 1) Autorización de las modificaciones
de Reglamento por el MEH (P03F); 2) Elevación a escritura pública
de dichas modificaciones e inscripción en el Registro Mercantil
y; 3) inscripción en el Registro Administrativo correspondiente
(vid P04F)
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