Entidades de Capital Riesgo y sus gestoras.
 

 

¿Qué es capital riesgo?

Marco regulador del Capital - Riesgo en España. Entidades de Capital Riesgo

Guía de Procedimientos administrativos y modelos normalizados aplicables a las ECR y SGECR

Datos básicos del Capital-Riesgo en España

Dónde dirigir sus consultas sobre Capital-Riesgo

Otros servidores de interés

Qué es el capital riesgo.

El Capital-riesgo es una actividad financiera que consiste en proporcionar recursos a medio y largo plazo, sin vocación de permanencia ilimitada, a empresas no financieras y no cotizadas, durante su etapa de "arranque" (venture capital) o en su etapa madurez, como consecuencia de un proceso de expansión o de reestructuración (private equity).

Las Sociedades de Capital-Riesgo (SCR) son sociedades anónimas cuyo objeto social principal consiste en la toma de participaciones temporales en el capital de empresas no financieras cuyos valores no coticen en el primer mercado de las Bolsas de Valores. Para el desarrollo de su objeto social principal, las Sociedades de Capital-Riesgo podrán facilitar préstamos participativos, así como otras formas de financiación, en este último caso únicamente para sociedades participadas. De igual modo, podrán realizar actividades de asesoramiento.

Los Fondos de Capital-Riesgo (FCR) son patrimonios administrados por una Sociedad gestora, que tendrán el mismo objeto principal que el definido en el punto anterior, correspondiendo a la Sociedad gestora la realización de las actividades de asesoramiento señaladas en el mismo.

Las sociedades gestoras de Entidades de Capital-Riesgo (SGECR)son sociedades anónimas cuyo objeto social principal es la administración y gestión de Fondos de Capital-Riesgo y de activos de Sociedades de Capital-Riesgo. Como actividad complementaria, las SGECR podrán realizar tareas de asesoramiento a las empresas con las que mantengan vinculación como consecuencia del ejercicio de su actividad principal.

También podrán gestionar Fondos de Capital-Riesgo y activos de Sociedad de Capital-Riesgo, las Sociedades gestoras de Instituciones de Inversión Colectiva reguladas en la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva

Guía de procedimientos administrativos y modelos normalizados aplicables a las Entidades de Capital-Riesgo y sus Sociedades Gestoras.
 
  • La presente guía pretende exponer de forma clara y detallada los trámites y requisitos aplicables a los procedimientos más habituales que afectan a las Sociedades y Fondos de Capital-Riesgo y a sus gestoras, y en los que interviene, de una forma u otra, la CNMV. Con ello se trata de facilitar la aplicación por los diferentes interesados de la Ley 1/1999, de 5 de enero, reguladora de las ECR y de SGECR y de la Circular 4/1999, de la CNMV, sobre Procedimientos Administrativos y Modelos Normalizados de las ECR y SGECR.
  • No se recogen en esta guía información sobre las obligaciones contables y de información financiera de las ECR y SGECR, cuya regulación será objeto de las correspondientes circulares de la CNMV.
  • Las solicitudes de autorización e inscripción de nuevas entidades, o de modificaciones de las entidades ya existentes, y los documentos que las acompañen, podrán ajustarse a los formularios incluidos en esta guía.
  • Esta guía se revisará de manera sistemática, a efectos de incorporar las novedades normativas o de criterio que se estime convenientes. Es por ello que es preciso verificar que usted dispone de una versión debidamente actualizada de la misma. 
Cuadro resumen de los procedimientos administrativos y modelos normalizados de ECR Y SGECR.
Actuación Procedimiento administrativo ante CNMV Norma
Constitución y puesta en marcha de nuevas ECR y SGECR

P01- Autorización del proyecto de constitución por el MEH, a propuesta de la CNMV:

Una vez obtenida la preceptiva autorización del MEH, la ECR o SGECR se constituye mediante el otorgamiento de la correspondiente escritura y posterior inscripción en el Registro Mercantil.

LECR art.10 Circular 4/1999 normas 2ª y3ª  

P02- Inscripción de ECR y SGECR en el correspondiente Registro de la CNMV.

Modificación de Reglamentos de gestión y Estatutos sociales De ECR y de SGECR ya existentes

P03 - Modificación de reglamentos de gestión y Estatutos.

LECR art.10 y 15.1
Circular 4/1999
norma 4ª

Una vez obtenida la preceptiva autorización del MEH, la modificación del Reglamento de gestión o de los Estatutos sociales se debe elevar a Escritura Pública e inscribirse en el Registro Mercantil.  

P04- Inscripción en el Registro Administrativo de modificaciones de Reglamento o Estatutos.

LECR art.12
Designación y sustitución de gestoras

P06- Autorización de sustitución gestora de FCR

LECR art.33

P07- Inscripción en el Registro Administrativo de los acuerdos de gestión de SCR

LECR art.23.5
Actualización de folletos de FCR

P08- Inscripción en el Registro Administrativo de folletos actualizados

LECR art.21.1.a)
Nombramiento y cese de consejeros

P09- Inscripción en el Registro Administrativo de variaciones en la composición del consejo de administración:

LECR art.14.2
Baja del Registro

P10- Inscripción de bajas del Registro Administrativo

LECR art.22
Comunicación de Hechos Relevantes

P12- Comunicación Hechos Relevantes de las ECR

LECR art.21.2
 

 
Datos básicos del Capital-Riesgo en España.

Cuadro 1 – Evolución del número de ECR y SGECR en 2000 

Tipo

de

Entidad

Número

Entidades

30.12.00

Inscripciones

2000

Bajas

2000

Número

Entidades

31.12.99

Variación desde 31.12.99

Total

%
SCR....................
40
17
0
23
17
73,91
FCR....................
25
6
0
19
6
31,57
SGECR................
20
9
0
11
9
81,81
Total..................
85
32
0
53
32
60,37

Cuadro 2 – Evolución histórica del número de ECR y SGECR

 

Fecha SCR FCR SGECR Total
1986 Dic
2
0
1
3
1987 Dic
3
0
2

5

1989 Dic
6
1
4
11
1990 Dic
11
4
5
20
1991 Dic
12
6
5
23
1992 Dic
13
6
5
24
1993 Dic
15
7
6
28
1994 Dic
14
7
6
27
1995 Dic
14
8
7
29
1996 Dic
16
10
6
32
1997 Dic
17
10
6
33
1998 Dic
19
12
10
41
1999 Dic
23
19
11
53
2000 Diciembre
40
25
20
85

Donde dirigir en la CNMV sus consultas sobre Capital-Riesgo.

Dirección de Inversores.


La CNMV dispone de un servicio de atención al público al que se puede dirigir en el teléfono 34 1 5851500 o a través de la dirección inversores@cnmv.es

Dirección General de Entidades del Mercado de Valores.

Si
tiene alguna duda o necesita alguna aclaración adicional, puede ponerse en contacto con la Dirección de Autorización y Registro de Entidades en el teléfono 34 1 5851506 o a través de la dirección fomento@cnmv.es
Otros servidores de interés.

Asociación Española del Capital Inversión (ASCRI)

European Venture Capital Association (EVCA)

Banco Europeo de Inversiones (BEI)