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¿Qué es capital riesgo?
Marco regulador del Capital - Riesgo en España.
Entidades de Capital Riesgo
Guía de Procedimientos administrativos y modelos
normalizados aplicables a las ECR y SGECR
Datos básicos del Capital-Riesgo en España
Dónde dirigir sus consultas sobre Capital-Riesgo
Otros servidores de interés
| Qué
es el capital riesgo. |
El Capital-riesgo es una actividad financiera
que consiste en proporcionar recursos a medio y largo plazo, sin
vocación de permanencia ilimitada, a empresas no financieras y no
cotizadas, durante su etapa de "arranque" (venture capital)
o en su etapa madurez, como consecuencia de un proceso de expansión
o de reestructuración (private equity).
Las Sociedades
de Capital-Riesgo (SCR)
son sociedades anónimas cuyo objeto social principal consiste en
la toma de participaciones temporales en el capital de empresas
no financieras cuyos valores no coticen en el primer mercado de
las Bolsas de Valores. Para el desarrollo de su objeto social principal,
las Sociedades de Capital-Riesgo podrán facilitar préstamos participativos,
así como otras formas de financiación, en este último caso únicamente
para sociedades participadas. De igual modo, podrán realizar actividades
de asesoramiento.
Los Fondos
de Capital-Riesgo
(FCR)
son patrimonios administrados por una Sociedad gestora, que tendrán
el mismo objeto principal que el
definido
en el punto anterior, correspondiendo a la Sociedad gestora la realización
de las actividades de asesoramiento señaladas en el mismo.
Las sociedades gestoras de Entidades de Capital-Riesgo
(SGECR)son sociedades anónimas cuyo objeto social principal
es la administración y gestión de Fondos de Capital-Riesgo y de
activos de Sociedades de Capital-Riesgo. Como actividad complementaria,
las SGECR podrán realizar tareas de asesoramiento a las empresas
con las que mantengan vinculación como consecuencia del ejercicio
de su actividad principal.
También podrán gestionar Fondos de Capital-Riesgo y activos de Sociedad
de Capital-Riesgo, las Sociedades gestoras de Instituciones de Inversión
Colectiva reguladas en la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora
de las Instituciones de Inversión Colectiva
| Guía
de procedimientos administrativos y modelos normalizados aplicables
a las Entidades de Capital-Riesgo y sus Sociedades Gestoras. |
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|
- La presente guía pretende exponer
de forma clara y detallada los trámites y requisitos
aplicables a los procedimientos más habituales que
afectan a las Sociedades y Fondos de Capital-Riesgo
y a sus gestoras, y en los que interviene, de una
forma u otra, la CNMV. Con ello se trata de facilitar
la aplicación por los diferentes interesados de la
Ley 1/1999, de 5 de enero, reguladora de las ECR y
de SGECR y de la Circular 4/1999, de la CNMV, sobre
Procedimientos Administrativos y Modelos Normalizados
de las ECR y SGECR.
- No se recogen en esta guía
información sobre las obligaciones contables y de
información financiera de las ECR y SGECR, cuya regulación
será objeto de las correspondientes circulares de
la CNMV.
- Las
solicitudes de autorización e inscripción de nuevas
entidades, o de modificaciones de las entidades ya
existentes, y los documentos que las acompañen, podrán
ajustarse a los formularios incluidos en esta guía.
- Esta
guía se revisará de manera sistemática, a efectos
de incorporar las novedades normativas o de criterio
que se estime convenientes. Es por ello que es preciso
verificar que usted dispone de una versión debidamente
actualizada de la misma.
| Cuadro
resumen de los procedimientos administrativos y
modelos normalizados de ECR Y SGECR. |
| Actuación |
Procedimiento
administrativo ante CNMV |
Norma |
| Constitución
y puesta en marcha de nuevas ECR y SGECR |
P01- Autorización del proyecto de constitución por el MEH, a propuesta
de la CNMV:
Una vez obtenida la preceptiva autorización del
MEH, la ECR o SGECR se constituye mediante el
otorgamiento de la correspondiente escritura y
posterior inscripción en el Registro Mercantil.
|
LECR art.10
Circular 4/1999 normas 2ª y3ª
|
|
P02- Inscripción de ECR y SGECR en el correspondiente Registro de
la CNMV.
|
| Modificación
de Reglamentos de gestión y Estatutos sociales De
ECR y de SGECR ya existentes |
P03 - Modificación de reglamentos de gestión y Estatutos.
|
LECR art.10
y 15.1
Circular 4/1999
norma 4ª |
| Una
vez obtenida la preceptiva autorización del MEH,
la modificación del Reglamento de gestión o de los
Estatutos sociales se debe elevar a Escritura Pública
e inscribirse en el Registro Mercantil. |
|
|
P04- Inscripción en el Registro Administrativo de modificaciones de Reglamento o Estatutos.
|
LECR art.12 |
| Designación y
sustitución de gestoras |
P06- Autorización
de sustitución gestora de FCR
|
LECR art.33 |
|
P07- Inscripción
en el Registro Administrativo de los acuerdos
de gestión de SCR
|
LECR art.23.5 |
| Actualización de folletos
de FCR |
P08- Inscripción en el Registro Administrativo de folletos actualizados
|
LECR art.21.1.a) |
| Nombramiento y cese de consejeros |
P09- Inscripción en el Registro Administrativo de variaciones en
la composición del consejo de administración:
|
LECR art.14.2 |
| Baja del Registro |
P10- Inscripción de bajas del Registro Administrativo
|
LECR art.22 |
| Comunicación
de Hechos Relevantes |
P12- Comunicación Hechos Relevantes de las ECR
|
LECR art.21.2 |
|
|
|
| Datos
básicos del Capital-Riesgo en España. |
Cuadro 1 – Evolución del número de ECR y SGECR
en 2000
|
Tipo
de
Entidad
|
Número
Entidades
30.12.00
|
Inscripciones
2000
|
Bajas
2000
|
Número
Entidades
31.12.99
|
Variación
desde 31.12.99 |
|
Total
|
%
|
| SCR.................... |
40
|
17
|
0
|
23
|
17
|
73,91
|
| FCR.................... |
25
|
6
|
0
|
19
|
6
|
31,57
|
| SGECR................ |
20
|
9
|
0
|
11
|
9
|
81,81
|
| Total.................. |
85
|
32
|
0
|
53
|
32
|
60,37
|
Cuadro 2 – Evolución histórica
del número de ECR y SGECR
| Fecha
| SCR |
FCR |
SGECR |
Total |
| 1986
Dic |
2
|
0
|
1
|
3
|
| 1987
Dic |
3
|
0
|
2
|
5
|
| 1989
Dic |
6
|
1
|
4
|
11
|
| 1990
Dic |
11
|
|
5
|
20
|
| 1991
Dic |
12
|
6
|
5
|
23
|
| 1992
Dic |
13
|
6
|
5
|
24
|
| 1993
Dic |
15
|
7
|
6
|
28
|
| 1994
Dic |
14
|
7
|
6
|
27
|
| 1995
Dic |
14
|
8
|
7
|
29
|
| 1996
Dic |
16
|
10
|
6
|
32
|
| 1997
Dic |
17
|
10
|
6
|
33
|
| 1998
Dic |
19
|
12
|
10
|
41
|
| 1999
Dic |
23
|
19
|
11
|
53
|
| 2000
Diciembre |
40
|
25
|
20
|
85
|
| Donde
dirigir en la CNMV sus consultas sobre Capital-Riesgo. |
Dirección de Inversores.
La CNMV dispone de un servicio
de atención al público al que se puede dirigir en el teléfono 34 1
5851500 o a través de la dirección inversores@cnmv.es
Dirección General de Entidades del Mercado de
Valores.
Si tiene alguna duda o necesita alguna
aclaración adicional, puede ponerse en contacto con la Dirección de
Autorización y Registro de Entidades en el teléfono 34 1 5851506
o a través de la dirección fomento@cnmv.es
| Otros
servidores de interés. |
Asociación
Española del Capital Inversión (ASCRI)
European
Venture Capital Association (EVCA)
Banco
Europeo de Inversiones (BEI)
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