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Este documento es un complemento
al "Manual de procedimiento para la utilización del sistema
CIFRADOC/CNMV".
Para utilizar el sistema CIFRADOC/CNMV en la remisión
por línea a la CNMV de los estados financieros públicos
periódicos (IPP) de las sociedades emisoras, se han de dar los
siguientes pasos:
- Obtener autorización de la CNMV para utilizar
CIFRADOC/CNMV e instalar la aplicación con la generación
de las claves pública y privada (esta instalación y
generación de claves se hace una sola vez).
- Preparar un fichero .XBRL de acuerdo con la taxonomía
IPP que puede encontrar en http:\\www.cnmv.es\IPP\taxonomia\2005-06-30\ipp_2005-06-30_v1.22.zip
o utilizar la plantilla suministrada
por la CNMV (disponible en www.cnmv.es/ Servicio CNMV en Línea)
la cual genera una CARPETA de ficheros.
En esta carpeta quedan incorporados los siguientes
ficheros:
- El fichero .XBRL que contiene los datos de
la información financiera trimestral o semestral.
- Opcionalmente, los ficheros con información
complementaria que el usuario haya decidido anexar, EXCLUSIVAMENTE
haciendo uso del botón correspondiente, en los apartados de "Evolución
de los negocios" y "Anexo explicativo de los Hechos Significativos".
La
CARPETA, con uno o más ficheros, queda con la siguiente ubicación
y nombre C:\CIF_aaaaSp, para la información
semestral y C:\CIF_aaaaTp para la información
trimestral (donde CIF es el código de identificación
fiscal de la entidad, aaaa los dígitos del año y p el periodo
1 ó 2 para semestrales y 1 ó 3 para trimestrales).
- Cifrar y Firmar únicamente
el fichero .XBRL existente en dicha carpeta, con la opción
correspondiente de la aplicación CIFRADOC/CNMV.
- Al cifrar y firmar con CIFRADOC/CNMV, el tipo de documento
a elegir es "Información trimestral Entidades Emisoras"
(código ITE) o "Información
semestral Entidades Emisoras" (código
ISE) según corresponda. Consulte el manual de procedimiento.
- El resultado de cifrar y firmar el fichero .XBRL, siempre es un
fichero cifrado con el mismo nombre y extensión
.DCF. Este fichero .DCF debe enviarlo
por correo electrónico a sgdc@cnmv.es.
El mensaje debe contener exclusivamente
como anexo el fichero .DCF y ningún otro texto o anexo (si
su correo incorpora automáticamente a cada mensaje un fichero
de aviso o disclaimer, le invalida el envío.
Elimine este anexo). En el Asunto debe figurar la información
que se detalla en el Manual de procedimiento.
- Si el envío cumple todo lo indicado en los puntos anteriores,
el remitente recibe un mensaje de Acuse de Recibo que contiene un
fichero .ACR.
Verificar con CIFRADOC/CNMV
el Acuse de Recibo, para lo que debe verificar el Acuse de
recibo de un documento.
Si en el plazo de un día no ha recibido el Acuse de recibo
debe ponerse en contacto con la CNMV.
- Si el envío no cumple los requisitos especificados, en vez
de un Acuse de recibo recibe un mensaje detallado con la circunstancia
de incumplimiento detectada.
De acuerdo con el texto del mensaje, revise todos
los pasos realizados, haga las correcciones necesarias y vuelva
a hacer el envío.
- Enviado el Acuse de recibo, la información financiera y en
su caso los ficheros anexados, son analizados para comprobar que los
formatos y los cuadres son correctos. Si así fuera debe recibir
un mensaje final indicando que la IPP "se incorporó correctamente"
al registro. En caso contrario debe recibir un mensaje detallado con
la incorrección detectada. Haga las correcciones necesarias
y vuelva a hacer el envío.
Para cualquier duda técnica contactar con el teléfono
de Atención al Usuario 902 180 772.
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