Guía para el uso de CIFRADOC/CNMV en el envío a la CNMV, de los Estados Financieros Públicos Periódicos (IPP) de las Sociedades Emisoras

 

Este documento es un complemento al "Manual de procedimiento para la utilización del sistema CIFRADOC/CNMV".

Para utilizar el sistema CIFRADOC/CNMV en la remisión por línea a la CNMV de los estados financieros públicos periódicos (IPP) de las sociedades emisoras, se han de dar los siguientes pasos:

  1. Obtener autorización de la CNMV para utilizar CIFRADOC/CNMV e instalar la aplicación con la generación de las claves pública y privada (esta instalación y generación de claves se hace una sola vez).

  2. Preparar un fichero .XBRL de acuerdo con la taxonomía IPP que puede encontrar en http:\\www.cnmv.es\IPP\taxonomia\2005-06-30\ipp_2005-06-30_v1.22.zip o utilizar la plantilla suministrada por la CNMV (disponible en www.cnmv.es/ Servicio CNMV en Línea) la cual genera una CARPETA de ficheros.
  3. En esta carpeta quedan incorporados los siguientes ficheros:

    • El fichero .XBRL que contiene los datos de la información financiera trimestral o semestral.
    • Opcionalmente, los ficheros con información complementaria que el usuario haya decidido anexar, EXCLUSIVAMENTE haciendo uso del botón correspondiente, en los apartados de "Evolución de los negocios" y "Anexo explicativo de los Hechos Significativos".

La CARPETA, con uno o más ficheros, queda con la siguiente ubicación y nombre C:\CIF_aaaaSp, para la información semestral y C:\CIF_aaaaTp para la información trimestral (donde CIF es el código de identificación fiscal de la entidad, aaaa los dígitos del año y p el periodo 1 ó 2 para semestrales y 1 ó 3 para trimestrales).

  1. Cifrar y Firmar únicamente el fichero .XBRL existente en dicha carpeta, con la opción correspondiente de la aplicación CIFRADOC/CNMV.
  1. Al cifrar y firmar con CIFRADOC/CNMV, el tipo de documento a elegir es "Información trimestral Entidades Emisoras" (código ITE) o "Información semestral Entidades Emisoras" (código ISE) según corresponda. Consulte el manual de procedimiento.


  2. El resultado de cifrar y firmar el fichero .XBRL, siempre es un fichero cifrado con el mismo nombre y extensión .DCF. Este fichero .DCF debe enviarlo por correo electrónico a sgdc@cnmv.es.
  3. El mensaje debe contener exclusivamente como anexo el fichero .DCF y ningún otro texto o anexo (si su correo incorpora automáticamente a cada mensaje un fichero de aviso o disclaimer, le invalida el envío. Elimine este anexo). En el Asunto debe figurar la información que se detalla en el Manual de procedimiento.

  4. Si el envío cumple todo lo indicado en los puntos anteriores, el remitente recibe un mensaje de Acuse de Recibo que contiene un fichero .ACR.
  5. Verificar con CIFRADOC/CNMV el Acuse de Recibo, para lo que debe verificar el Acuse de recibo de un documento.

    Si en el plazo de un día no ha recibido el Acuse de recibo debe ponerse en contacto con la CNMV.

  6. Si el envío no cumple los requisitos especificados, en vez de un Acuse de recibo recibe un mensaje detallado con la circunstancia de incumplimiento detectada.

    De acuerdo con el texto del mensaje, revise todos los pasos realizados, haga las correcciones necesarias y vuelva a hacer el envío.

  7. Enviado el Acuse de recibo, la información financiera y en su caso los ficheros anexados, son analizados para comprobar que los formatos y los cuadres son correctos. Si así fuera debe recibir un mensaje final indicando que la IPP "se incorporó correctamente" al registro. En caso contrario debe recibir un mensaje detallado con la incorrección detectada. Haga las correcciones necesarias y vuelva a hacer el envío.

Para cualquier duda técnica contactar con el teléfono de Atención al Usuario 902 180 772.