De conformidad con lo previsto en el artículo 42 del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, los emisores u oferentes que realicen ofertas de valores deben comunicar a la CNMV, para su publicación, información sobre el resultado de las ofertas (cuadros de difusión). Dicha comunicación se hará exclusivamente en formato electrónico a través de la sede electrónica de la CNMV mediante el trámite “CDD-Cuadros de difusión”.

El fichero deberá prepararse según las normas especificadas en los requerimientos técnicos y el manual de cumplimentación del mismo que se puede descargar en la propia sede.

Para cualquier consulta sobre el trámite, por favor contacten con el servicio de atención y asesoramiento al usuario de la sede electrónica.