GRUPO EZENTIS, S.A.

Nº Registro Oficial 8902 Individual
Auditada por DELOITTE, S.L.
Fecha estados financieros 31/12/2004

Explicación criterios utilizados (a) y (b)

Salvedades cuantificadas (a)

SOBRE RESULTADOS SOBRE FONDOS PROPIOS
Importes (miles de euros) Porcentajes Importes (miles de euros) Porcentajes
1 -150.200 -150,66 % -242.700 -284,35 %
2 -219.300 -219,97 %
TOTAL
Salvedades cuantificadas
1 Los resultados y fondos propios deben reducirse al encontrarse pendiente de inscripción en el Registro Mercantil a 31/12/2004 dos ampliaciones de capital cuyo impacto patrimonial debe registrarse en 2005. Una vez formalizadas las mencionadas ampliaciones, los fondos propios deberán disminuirse en 91 millones de euros, ya que los efectos de las quitas deben diferirse, registrándose en los ejercicios en que se realicen los pagos aplazados de las deudas asociadas. 
2 El resultado del ejercicio debe reducirse dada la incertidumbre existente en relación a la recuperación de créditos fiscales e impuestos anticipados registrados por la Sociedad y por las sociedades dependientes, difiriéndose su reconocimiento hasta el momento de su realización efectiva. 

Salvedades sin cuantificar

Incertidumbres y otras Limitaciones (b)
2
Salvedades sin cuantificar - Incertidumbres y otras
1 Incertidumbre acerca de la recuperación de los activos de la Sociedad y de su Grupo, y respecto a la capacidad para hacer frente a sus compromisos y obligaciones, que están condicionados al éxito de las medidas de reestructuración y viabilidad previstas.
2 Incertidumbre en relación a que no es posible evaluar la razonabilidad de las provisiones registradas para cubrir los costes de reestructuración y los posibles riesgos derivados de los litigios y reclamaciones en curso, así como amortizaciones aceleradas de determinados activos.

El objetivo de este cuadro es únicamente informar sucintamente acerca de las auditorías disponibles en la CNMV para su consulta pública así como presentar una sinopsis informativa de las salvedades que, en su caso, muestren dichos informes. No obstante, la comprensión completa de la opinión manifestada por elauditor debe obtenerse de la lectura íntegra del correspondiente informe de auditoría.

(a) La columna de salvedades sobre resultados recoge los importes de las salvedades cuantificadas sobre resultados del ejercicio puestos de manifiesto por los auditores. Excepto en aquellos casos en que el auditor haya manifestado expresamente en su informe que tales salvedades se refieren a resultados antes de impuestos, como regla general la cifra que muestra el efecto en porcentaje de las salvedades cuantificadas por el auditor sobre el resultado del ejercicio ha sido calculada sobre el importe de los resultados después de impuestos que se han incorporado al cierre del ejercicio a los fondos propios de la sociedad auditada. A su vez, la columna de salvedades sobre fondos propios recoge únicamente los importes que el auditor manifiesta en su opinión que afectan de manera directa a los fondos propios de la entidad auditada. En consecuencia, esta columna de salvedades sobre fondos propios no incluye el efecto indirecto que sobre dichos fondos propios producen las salvedades cuantificadas en la columna anterior de salvedades sobre resultados. De acuerdo con el sistema de representación aquí descrito, el impacto teórico total en los fondos propios al cierre del ejercicio, que se deriva del conjunto de salvedades cuantificadas reflejadas por el auditor en su opinión, sería el agregado del importe reflejado en la columna de salvedades sobre resultados, asumiendo que estas salvedades cumplen con la regla general de corresponder al resultado que se incorpora a los fondos propios, y del importe reflejado en la columna de salvedades sobre fondos propios.

(b) Estos informes de auditoría incluyen limitaciones al alcance del trabajo realizado por el auditor. Al objeto de obviar dichas limitaciones la CNMV ha requerido a la sociedad que aporte al auditor la documentación necesaria para que éste pueda completar su trabajo de auditoría. Las conclusiones adicionales del auditor se incorporan al registro público de auditorías de la CNMV conjuntamente con el original.