SOLARIA ENERGIA Y MEDIOAMBIENTE, S.A.

Nº Registro Oficial 13529 Individual
Auditada por KPMG AUDITORES,S.L.
Fecha estados financieros 31/12/2011

Explicación criterios utilizados (a) y (b)

Salvedades Cuantificadas (a)

SOBRE RESULTADOS SOBRE FONDOS PROPIOS
Importes (miles de euros) Porcentajes Importes (miles de euros) Porcentajes
1 -27.808 58,68 %
TOTAL -27.808 58,68 %
Salvedades cuantificadas
1 El balance de la sociedad recoge a 31 de diciembre de 2011 activos por impuestos diferidos por importe de 36.158 miles € que corresponden, principalmente, al reconocimiento de créditos fiscales derivados de bases imponibles negativas y deducciones pendientes de aplicar en el Impuesto sobre Sociedades, y pasivos por impuestos diferido por importe de 8.350 miles €. El auditor considera que no se cumplen las condiciones establecidas en el Plan General de Contabilidad para el reconocimiento de este tipo de activos por lo que los impuestos diferidos del activo del balance a 31 de diciembre de 2011 y los ingresos por impuestos sobre beneficios de la cuenta de pérdidas y ganancias se encuentran sobrevalorados en 27.808 miles €.

Salvedades sin cuantificar

Incertidumbres y otras Limitaciones (b)
2
Salvedades sin cuantificar - Limitaciones
1 El auditor de la Sociedad no ha podido verificar la razonabilidad de la valoración de los costes de construcción de una fábrica de células que se incluye en el epígrafe de inmovilizado material por importe de 35.295 miles € y se encuentra en curso desde hace varios ejercicios.
2 El epígrafe de existencias del balance a 31 de diciembre de 2011 incluye costes incurridos en proyectos para la construcción futura de plantas solares. El auditor no ha obtenido evidencia que justifique una parte de los costes registrados en el ejercicio 2011 en el mencionado epígrafe y en la variación de existencias de productos terminados de la cuenta de pérdidas y ganancias por importe de 3.811 miles €.

El objetivo de este cuadro es únicamente informar sucintamente acerca de las auditorías disponibles en la CNMV para su consulta pública así como presentar una sinopsis informativa de las salvedades que, en su caso, muestren dichos informes. No obstante, la comprensión completa de la opinión manifestada por elauditor debe obtenerse de la lectura íntegra del correspondiente informe de auditoría.

(a) La columna de salvedades sobre resultados recoge los importes de las salvedades cuantificadas sobre resultados del ejercicio puestos de manifiesto por los auditores. Excepto en aquellos casos en que el auditor haya manifestado expresamente en su informe que tales salvedades se refieren a resultados antes de impuestos, como regla general la cifra que muestra el efecto en porcentaje de las salvedades cuantificadas por el auditor sobre el resultado del ejercicio ha sido calculada sobre el importe de los resultados después de impuestos que se han incorporado al cierre del ejercicio a los fondos propios de la sociedad auditada. A su vez, la columna de salvedades sobre fondos propios recoge únicamente los importes que el auditor manifiesta en su opinión que afectan de manera directa a los fondos propios de la entidad auditada. En consecuencia, esta columna de salvedades sobre fondos propios no incluye el efecto indirecto que sobre dichos fondos propios producen las salvedades cuantificadas en la columna anterior de salvedades sobre resultados. De acuerdo con el sistema de representación aquí descrito, el impacto teórico total en los fondos propios al cierre del ejercicio, que se deriva del conjunto de salvedades cuantificadas reflejadas por el auditor en su opinión, sería el agregado del importe reflejado en la columna de salvedades sobre resultados, asumiendo que estas salvedades cumplen con la regla general de corresponder al resultado que se incorpora a los fondos propios, y del importe reflejado en la columna de salvedades sobre fondos propios.

(b) Estos informes de auditoría incluyen limitaciones al alcance del trabajo realizado por el auditor. Al objeto de obviar dichas limitaciones la CNMV ha requerido a la sociedad que aporte al auditor la documentación necesaria para que éste pueda completar su trabajo de auditoría. Las conclusiones adicionales del auditor se incorporan al registro público de auditorías de la CNMV conjuntamente con el original.